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MANUAL PARA EL SERVICIO DE MANIFESTACIONES Y CONTROL DE MULTITUDES, -…
MANUAL PARA EL SERVICIO DE MANIFESTACIONES Y CONTROL DE MULTITUDES,
Normatividad Internacional
Pacto internacional de derechos civiles y políticos, en especial artículos 6 y 21
Convención Americana sobre derechos humanos, en especial 4, 7, 13, 15 y 24
Declaración Americana de los derechos y deberes del hombre, en especial artículos 1. 2, 21 y 31
Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley (establecido por la
Organ1zaci6n de Naciones Unidas, mediante Resoluci6n 34/169 del 17 de diciembre de 1979)
Declaración Universal de los Derechos Humanos, en especial artículos 1, 2, 3 y 20
Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego por funcionarios
encargados de hacer cumplir la Ley (Adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre prevenci6n del delito y tratamiento del delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990)
Convenio de Ginebra en relaci6n a la prohibición del desarrollo, la producci6n, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucci6n
Normatividad Nacional
Constitución Política, en especial artículos 2, 6, 20, 22, 37, 81, 121. 122. 123. 209,216,218 y
219
Ley 62 de 1993 "Por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional"
Ley 599 de 2000 "Por la cual se expide el C6digo Penal Colombiano".
Ley 769 del 6 de agosto 2002 "Por la cual se expide el C6digo Nacional de Transito Terrestre y se dictan otras disposiciones".
Ley 906 de 2004 "Por la cual se expide el C6digo de Procedimiento Penal"
Ley 1801 del 29 de Julio de 2016 "Código Nacional de Policía y Convivencia"
Decreto Ley 2535 de 1993 "Por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y
explosivos"
Directiva ministerial 26 del 170615 "lineamientos para el fortalecimiento y respeto a los derechos humanos en el marco de las reuniones y manifestaciones sociales
Formación y Actualización en el uso de la fuerza y el acompañamiento de manifestaciones y control de disturbios
La Dirección Nacional de Escuelas desarrollara en las programas académicos y de extensión al personal que ingresa a la institución y que adelante capacitaciones para ascenso, asignaturas que promuevan el conocimiento del uso de la fuerza, tácticas y técnicas para la correcta intervención policial, el acompañamiento y garantía de manifestaciones publicas y el control de disturbios
Medios técnicos y logísticos
Medios materiales mínimos
Son aquellos elementos requeridos para intervenir en una Reunión y/o manifestación, cuando producto de una aglomeración de personas pueda alterarse la seguridad y convivencia; garantizando de esta manera la integridad física del personal policial y permitiendo el logro del objetivo.
Equipo básico de seguridad personal
Casco antimotines
Escudo antimotines
Canillera antimotines
chaleco antibalas
Guantes anti trauma y/o anti corté
Bastón policial
El personal que conforma los dispositivos mínimos de intervenci6n básicos, debe contar con las siguientes armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales para la prestaci6n del servicio en manifestaciones y control de disturbios
Granadas con carga química CS
Granadas fumígenas
Granadas de aturdimiento
Medios de apoyo
Son aquellos medios técnicos, tecnológicos y logísticos que deben tener las unidades policiales de dotaci6n, para prevenir y atender comportamientos y hechos contrarios a la convivencia y seguridad o infracci6n a la ley penal, al memento de intervenir en el acompañamiento a manifestaciones y control de disturbios, los cuales permiten dinamizar el servicio de policía, mitigando el nesgo a la integridad física de la población, aminorando el daño a la infraestructura publica y privada de la zona
Acciones frente al servicio de policía para el acompañamiento en manifestaciones y control disturbios
durante
después
antes
Apoyos de otras unidades policiales
El dispositivo policial estará integrado por el personal y recursos propios de la unidad donde se desarrolla el evento. En caso de que las capacidades propias sean rebasadas, el comandante de región, metropolitana o departamento, coordinara a !raves de la Dirección de Segundad Ciudadana el apoyo en personal, medios logísticos y grupos especializados de acuerdo a las necesidades del servicio, quienes pasaran a integrar el dispositivo policial de la unidad solicitante
Conformación de los dispositivos mínimos de intervención
Son aquellos grupos conformados con el fin de acompañar, garantizar, prevenir e intervenir en el servicio de policía con ocasión de reuniones. manifestaciones y en general aglomeraciones de publico, o cuando en el desarrollo de estas, sea necesario el restablecimiento de las condiciones de convivencia y seguridad.
Dispositivo mínimo de intervención básico
Un (1) Comandante
Un (1) Operador de armas menos letales
Dos (2) Uniformados de Seguridad, Protección, intervención - SPI
Seis (6) Escuderos
Dispositivo de intervención especializado
Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional. Es el grupo operativo especializado, encargado de intervenciones especiales que se presenten en zona urbana y rural del territorio nacional por causa de aglomeraciones de publico, cuando estas deriven en disturbios, motines y demás situaciones de violencia, que alteren gravemente la convivencia y seguridad c1udadana; para el restablecimiento del ejercicio de los derechos y libertades publicas