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PROCESO DE FORMACIÓN DE LAS LEYES - Coggle Diagram
PROCESO DE FORMACIÓN DE LAS LEYES
PASO #1
Derecho de asociarse para formar un
partido político o afiliarse a los que ya están formados. (Art.72)
Derecho a optar a cambios públicos. (Art.72)
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA:
Recibe el proyecto o decreto legislativo. Art. 135 cn..
DRECRETO ENTRE EN VIGENCIA:
Se
convierte en ley de la republica. Art. 140 cn.
Sanción, promulgación y
publicación del decreto del derecho legislativo en el diario oficial. Art. 140 cn.
PASO #2
Derecho al honor y a la integridad personal. (Art.2)
Derecho a la seguridad jurídica ( Art.2)
Presidente de la republica
Derecho a la igualdad ante la ley. (Art. 3)
Sanción, promulgación y publicación
Derecho a la inviolabilidad del domicilio. (Art.5 y 20)
Decreto entra en vigencia
Derecho a la documentación personal. (Art.5)
Proceso Global
Sanción, promulgación y publicación
¿Se están cumpliendo o no en nuestra sociedad?
El gobierno de nuestro país intenta poder cumplir con todos los derechos que se han establecido, pero el problema está en que eso no solo depende del presidente sino de otras personas que constituyen el gobierno, entonces la mayoría de los derechos se cumplen, pero algunos aun en las zonas rurales no se está reflejando mucho que se estén cumpliendo.
Presidente de la republica
Según el articulo 398 del código de familia el estado esta obligado a proteger los adultos mayores, a través de acciones coordinadas por la secretaria nacional de la familia.
Decreto entra en vigencia
Los adultos mayores no deben abandonarse nunca tienen que disfrutar de forma gratuita, de programas culturales, recreativos o de simple esparcimiento.
Deben ser informados sobre estos derechos y las leyes que se los garantizan (art. 394 Cod. Familia)
Las personas de la tercera edad, son aquellas que hayan cumplido 60 años o más (art. 389 del código de familia)