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Decreto ejecutivo 121 de 4 de mayo de 1972, Allison Herrera 8-921-1826 -…
Decreto ejecutivo 121 de 4 de mayo de 1972
Artículo Primero del Decreto No. 69 de 25 de enero de 1971 quedará así
En los planteles en donde existe un mínimo de cinco profesores regulares dedicados a la enseñanza de una misma materia, se nombrará un profesor Coordinador de asignatura.
Paragrafo
En los colegios en donde se laboran dos turnos bajo una misma dirección, se turno si el numero de Profesores lo justifica, de acuerdo con este Artículo.
En caso contrario, se nombrará un coordinador de asignatura que atienda ambos turnos elaborándose para ello un horario especial.
En aquellos colegios que tenga de 3 a 4 profesores regulares de una misma asignatura, se nombra un Profesor en Enlace
Artículo Segundo del Decreto No. 69 de 25 de enero de 1971, quedará así
La cantidad de horas de trabajo de un Coordinador, la determinará el número de Profesor que coordine. El máximo de horas asignadas a un coordinador será de 15 y 10 mínimo
PARAGRAFO
El Director del Colegio tendrá en cuenta la diversidad de las materias de estudio que atenderá el Coordinador, a fin de asignarle las horas de clases.
Artículo Tercero del Decreto No. 69 de 25 de enero de 1971, quedará así
Los Profesores Coordinadores de Asignaturas serán escogidos para un periodo de 2 años por el Director de cada Escuela de común acuerdo con el Supervisor Nacional de la materia. El Ministerio de Educación rectificará el nombramiento mediante la expedición de un resulto.
PARAGRAFO
Los Profesores Coordinadores de Asignatura podrán ser reelegidos si su labor ha sido satisfactoria.
Artículo Siete del Decreto No. 69 de 25 de enero de 1973, quedará así
Son funciones del Profesor Coordinador de Asignaturas
Velar por el cumplimiento de la política establecida por el Ministerio de Educación relativa a orientación, contenido y aplicación de los programas de segunda enseñanza en la asignatura que coordina.
El Coordinador delineará esta política de común acuerdo con el Supervisor de la asignatura, quien lo asesorará y atenderá las consultas que el coordinador le formule con respeto al Departamento que coordina.
El Profesor Coordinador de Asignatura, tendrá a su cargo, entre otras, la siguientes actividades: Colaborar con la Dirección del plantel en la Organización del Departamento.
El Coordinador de Asignatura, al finalizar cada bimestre, enviará al Director de la Escuela.
Copia del informe bimestral del departamento.
Cuadro de resumen por niveles, de los estudiantes aprobados y fracasado en el Departamento.
Consultará al Supervisor y Director de la Escuela sobre los problemas planteados en los Informes que le rindan los profesores de su departamento y que a su juicio, ameritan la intervención de estos funcionarios.
Allison Herrera 8-921-1826