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EL PROCESO DE
FORMACIÓN DE LAS LEYES, Por otro lado, Aprobado el proyecto…
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Por otro lado
Tiene que enviar el proyecto a la comisión que corresponda que iniciará su respectivo conocimiento y tramite
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Aprobado el proyecto de ley, la asamblea lo enviará a la presidenta o presidente de la república para que lo sancione u objete de forma fundamentada.
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Sancionado el proyecto de ley o de no haber objeciones dentro del plazo de treinta días posteriores a su recepción por parte de la presidenta o presidente de la república
Se promulgará la ley, y se publicará en el registro oficial.
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