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LA HERENCIA, Abril Avilés Gamboa, Universidad del Sur, Derecho civil 2 -…
LA HERENCIA
Delación
Después de haber realizado el llamamiento de las personas que pueden ser herederos, viene su ofrecimiento para que la acepte o la repudien.
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La “heredatis petitio”
Acción de petición de herencia en el derecho romano, de carácter real y civil que se sala A favor del heredero.
Mediante esta acción podía el heredero no sólo perseguir al deudor del causante que se titula heredero, sino también a los poseedores de bienes del causante que se atribuyeran cualidad hereditaria, así como a los poseedores de cosas del difunto aunque no alegaran ningún título sucesorio.
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Caudal hereditario
El caudal hereditario en una herencia corresponde con el patrimonio total que una persona ha dejado tras su fallecimiento.
La partición o división del caudal hereditario consiste en determinar los bienes concretos que corresponden a cada heredero, siempre y cuando exista más de uno y posean una parte proporcional de la herencia.
Tras la división o partición del caudal hereditario ya no existe una cuota para cada heredero sobre el total de la herencia sino que cada uno obtiene la titularidad sobre unos bienes específicos.
El procedimiento de intervención del caudal hereditario consiste en una serie de medidas de prevención urgentes que puede llevar a cabo un juez para proteger los bienes y los efectos de la herencia si resulta necesario.
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a instancia de parte (por el cónyuge, por cualquiera de los parientes o cualquier heredero, por la Administración Pública o incluso por los acreedores).
Apertura de la sucesión.
La sucesión se abre en el momento en que muere el autor de la herencia o cuando se declara presunción de muerte.
En caso de que el cujus no haya nombrado albacea, cada uno de los herederos puede, siempre que no haya sido nombrado heredero de cosa o bienes determinados, reclamar la totalidad de la herencia que le corresponde conjuntamente con otros, sin que se pueda oponer la excepción de que la herencia no le corresponde por entero.
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