Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
LIBRO II ACTO JURIDICO: COMENTARIOS A LA REFORMA - Coggle Diagram
LIBRO II ACTO JURIDICO: COMENTARIOS A LA REFORMA
TÍTULO I: DISPOCISIONES GENERALES
Artículo 140.- Noción. Requisitos
El acto juridico como: manifestacion de voluntad (CREA, REGULA, MODIFICA)
VALIDEZ
Sujeto capaz
Objeto Jurídico, en su caso fisicamente posible
finalidad lícita
Observancia de la formalidad
“TITULO II
Formalidad del acto jurídico
Artículo 143.- Clases de formalidad
Cuando la Ley no establece una formalidad o no impone una sanción de nulidad, lo interesados usen la que sea conveniente
Los actos de regulación, modificación o extinción de un acto deberán revestir la misma formalidad que este
“Artículo 144.- Exigencia de la formalidad
La ley no establece una formalidad
con carácter imperativo, las partes pueden ponerse de acuerdo para seguir las formalidades
suprime el concepto de formalidad ad probationem
Es una especie de formalidad ad subtantiam disimulada
APORTES
Reducir
las formalidades al mínimo indispensable.
La ley establece que la formalidad pueda ser exigida por cualquiera de los interesados
TITULO III
Representación
Artículo 148.- Responsabilidad de
representantes conjuntos
En la representación conjunta los representantes son solidariamente responsables con el representado
“Artículo 153.- Poder irrevocable
El poder es irrevocable
Interes comun del representado y representante
acto o actos especificos
Estipulación de irrevocabilidad
Plazo determinado
Un año a falta de ser preestablecido
El vencimiento del plazo no
ocasiona la revocación del poder
Artículo 150.- Representación común
Tratándose de un pode otorgado por diversas personas se estipula que la revocación:
debe realizarse por todos
si se presentase por uno sera eficaz solo para el
“Artículo 156.- Formalidad del
apoderamiento
La facultad de representación es indispensable para disponer i grabar bienes del representado
Ineficacia del que contravino lo establecido
Artículo 158.- Sustitución
el representante se aparta total o parcialmente de la representación respecto de las facultades para las que designa un sustituto
La facultad de sustituir debe otorgarse
de manera explícita e indubitable.
La sustitucion
Exención de responsabilidad del representante
El representante es responsable por los daños que cause al representado cuando incurre en dolo o culpa inexcusable en la elección
El representado puede accionar directamente contra el sustituto por los actos que éste realice
Artículo 158-A.- Delegación
El reprsentante es directamente respnsable por la designacion del poder de los bienes del representado
La delegación no supone la extinción
“Artículo 162.- Ratificación
Artículo 167.- Representantes especiales
Personas con capacidad restringida necesitan de una autorización
TITULO IV
Interpretación del acto jurídico
Artículo 168.- Lo expresado y el propósito
de los declarantes
Artículo 169.- Interpretación sistemática. Disposiciones explicativas. Principio de conservación
Artículo 170.- Interpretación finalista. Disposiciones generales. Aplicación de los usos
TITULO V
Modalidades del acto jurídico
Artículo 179.- Beneficio del plazo. Los plazos se presumen establecidos en beneficio de las partes, salvo estipulación distinta.
Artículo 182.- Fijación del plazo.
TITULO IX
Nulidad del acto jurídico
Artículo 219.- Causales de nulida
Artículo 220.- Legitimidad. Declaración de
oficio. Efecto
Artículo 226.- Capacidad restringida de
uno de los sujetos
Artículo 228.- Restitución de prestaciones