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ORGANIZACIÓN ENTIDADES ESTATALES EN RIESGOS LABORALES Decreto 1295 de…
ORGANIZACIÓN ENTIDADES ESTATALES
EN RIESGOS LABORALES
Decreto 1295 de 1994 y otros
Dirección del Sistema General de Riesgos Laborales
.: Es un Órgano rector en vigilancia epidemiológica y control de riesgos
Organismos de dirección, vigilancia y control
El Consejo Nacional de Riesgos Profesionales
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y de Salud.
Entidades administradoras del sistema - ARP
Las entidades aseguradoras de vida que obtengan autorizaciones de la Superintendencia Bancaria para la explotación del ramo de seguro de riesgos profesionales.
Grupo de promoción y prevención
Grupo de medicina laboral
Grupo de atención de recursos de segunda instancia
Grupo de gestión administrativa
El Consejo Nacional de Riesgos Laborales
Es recomendador y aprobador
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su Viceministro, quien lo presidirá
El Ministro de Salud, o el Viceministro
El Consejero de Seguridad Social de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces
El representante legal del Instituto de Seguros Sociales, o su delegado
Un representante de las entidades administradoras de riesgos profesionales, diferente al anterior
Dos (2) representantes de los empleadores
Dos (2) representantes de los trabajadores
Un (1) representante de las asociaciones científicas de salud ocupacional
Un secretario técnico que será el Director Técnico de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o quien haga sus veces
Comité Nacional de Salud Ocupacional (hoy Seguridad y Salud en el Trabajo
: Es asesorador.
El Director de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo
El Subdirector de Riesgos Laborales del Ministerio de Salud y la Protección Social
El Vicepresidente de Promoción y Prevención o quien haga sus veces de la
Administradora de Riesgos Laborales Pública
El Coordinador del Grupo de Salud Ambiental y Ocupacional del Instituto Nacional de Salud o quien haga sus veces
Un representante de las entidades Administradoras de Riesgos Laborales diferentes
a la Administradoras de Riesgos Laborales Pública.
Un representante de las Entidades Promotoras de Salud, del área de Medicina
Laboral o del Trabajo.
Dos representantes de los trabajadores
Dos representantes de los empleadores.
Un representante de las Instituciones de Educación Superior, con formación en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Un representante de las Agremiaciones o Asociaciones Científicas relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Dirección Técnica de Riesgos Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
:Es un Órgano vigilante, supervisor, formulador y controlador y sancionador.
Subdirección Preventiva de Salud Ocupacional.
Subdirección de Control de Invalidez
Direcciones regionales de trabajo
Coordinación del Director Técnico de Riesgos Profesionales
Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social