En la presente norma se especifica todas aquellas actividades que realizan los integrantes del Programa de Farmacovigilancia, como lo son los lineamientos, manuales, procedimientos, guías, requerimientos, entre otros, para contribuir al bienestar de los pacientes en cuanto al uso racional de medicamentos y vacunas.
Fomentar la notificación de SRAM, RAM, ESAVI, EA o cualquier problema de seguridad relacionado con el uso de medicamentos y vacunas haciendo énfasis en garantizar la calidad de la información requerida para notificar.
Salvaguardar la información confidencial de los pacientes/informantes y notificadores, de conformidad con las disposiciones aplicables en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
realizaran informes en los cuales los pacientes presenten alguna manifestación adversa a los medicamentos o sospecha alguna, en donde la FV clasificará el grado de información de acuerdo a los criterios de gravedad del caso y evaluará dichos informes.