Contratación Individual y Colectiva

Art. 20.-

Se define como la relación de trabajo como la prestación de servicio

Es importante distinguir los diferentes tipos de contratos.

a) Eventual

Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar

b) Temporal

Contrato en el cual existe un limite de tiempo, por temporadas únicamente

C) Contrato por obra determinada

Es un documento individual de trabajo por tiempo determinado

d) Contrato a precio alzado

Documento individual de trabajo por tiempo determinado en el cual la remuneración es global

Contenido del Contrato

Se divide en cuatro partes como son:

DECLARACIONES: se harán constar las declaraciones del patrón

CLÁUSULAS contrato individual de trabajo , se divide en dos grandes grupos:

Legales y Administrativas

Legales: Art. 25 de la Ley Federal de Trabajo en vigor

El Servicio o Servicios: Se determina con la mayor precisión posible:

a) El lugar o lugares donde deba prestar el trabajo ( monto salario, día y lugar de pago de salarios)

ADMINISTRATIVAS: se incluyen las operativas:

Cuotas de producción, obligaciones de trabajador,

FIRMAS

En esta parte del contrato, se incluyen los nombres del trabajador y del patron

AFILIACIÓN IMSS

De manera simultanea a la realización del contrato individual de trabajo y con un plazo no mayor de cinco días, debe ser afiliado el trabajador al IMSS

INFONAVIT: El patrón tiene la obligación de inscribirse y de inscribir a sus trabajadores y pagar las cuotas respectivas

EXPEDIENTE:

se integra por todos a quellos documentos que forman el historial del trabajador en la organización

SINDICATO:

En algunos organizaciones el contrato colectivo de trabajo marca la obligación de la empresa de emplear solamente miembros activos del sindicato

LISTA DE LOS DATOS DEL EXPEDIENTE

a) Nombre, domicilio, lugar de nacimiento y teléfono
b). estado civil, estatura, peso, color de piel y color de ojos, examen medico.
c). Número asignado al trabajador.
d) Número de afiliación del IMSS, ISSSTE, ISSSTEP

JUBILACIÓN:

El empleado deja de prestar sus servicios por haber alcanzado cierta edad y desea dejar de trabajar

RENUNCIA:

El trabajador voluntariamente sale de la organización: tiene derecho a una prima de antigüedad si ha laborado durante 15 años o más