Se refiere a que el empleador deberá adecuar los métodos de trabajo así como las máquina, herramientas y útiles utilizados en el proceso de trabajo a las características psicológicas, cognitivas, culturales y antropométricas de los trabajadores; aspecto el cual, en último término, comporta la necesidad de integrar la seguridad en el sistema organizativo de la empresa, lo cual significa, no tan sólo huir de sistemas basados en la mera minimización o eliminación de los riesgos, sino que exige desarrollar enfoques cimentados en la concepción de un sistema productivo seguro
Hacer uso adecuado y mantener en buenas condiciones de funcionamiento los sistemas de control de las condiciones inseguras de trabajo en la empresa.
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Ejercer las labores derivadas del contrato de trabajo con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo
Respetar y hacer respetar los avisos, carteleras de seguridad e higiene y demás indicaciones de advertencias.
Mantener las condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo
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Cumplir con las normas e instrucciones del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidos por la empresa
Deberes del patrono
Organizar el trabajo de manera que se adapten a las condiciones físicas y mentales de los trabajadores
Consultar a los trabajadores, sus organizaciones y al Comité de Seguridad y Salud Laboral antes de que se ejecuten las medidas que prevean cambios en la organización del trabajo o decisiones importantes de seguridad e higiene y medio ambiente de trabajo
Informar por escrito a los trabajadores de los principios de prevención de las condiciones inseguras o insalubres (al ingresar o al producirse algún cambio
Elaborar conjuntamente con los trabajadores el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, las políticas, compromisos y reglamentos internos relacionados con la materia