Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Código de Nuremberg Normas éticas sobre experimentación en seres humanos…
Código de Nuremberg Normas éticas sobre experimentación en seres humanos
Publicado el 20 de agosto de 1947, como producto
del Juicio de Nüremberg
- Los experimentos deberían ser realizados sólo por personas cualificadas
científicamente. Deberá exigirse de los que dirigen o participan en el experimento el grado más alto de competencia y solicitud a lo largo de todas sus fases.
Es el primer documento que planteo de manera explicita la obligación de solicitar el consentimiento informado, y expresión del paciente
-
1.- El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial.
La persona afectada deberá tener capacidad legal para consentir; deberá estar en situación tal que pueda ejercer plena libertad de elección, sin impedimento alguno de fuerza, fraude, engaño, intimidación, promesa o cualquier otra
forma de coacción o amenaza
- El grado de riesgo que se corre nunca podrá exceder el determinado por la
importancia humanitaria del problema que el experimento pretende resolver
2.- El experimento debe ser útil para el bien de la sociedad, irremplazable por otros
medios de estudio y de la naturaleza que excluya el azar
3.- Basados en los resultados de la experimentación animal y del conocimiento de la historia natural de la enfermedad y de otros problemas en estudio que puedan prometer resultados que justifiquen su realización del experimento
- El experimento deberá llevarse a cabo de modo que evite todo sufrimiento o daño
físico o mental innecesario.
- No se podrán realizar experimentos de los que haya razones a priori para creer que
puedan producir la muerte o daños incapacitantes graves; excepto, quizás, en aquellos experimentos en los que los mismos experimentadores sirvan como sujetos.
- Deben tomarse las medidas apropiadas y se proporcionaran los dispositivos
adecuados para proteger al sujeto de las posibilidades, aun de las más remotas, de lesión, incapacidad o muerte.
- En el curso del experimento el sujeto será libre de hacer terminar el experimento, si
considera que ha llegado a un estado físico o mental en que le parece imposible continuar con el
- En el curso del experimento el científico responsable debe estar dispuesto a ponerle
fin en cualquier momento, si tiene razones para creer, en el ejercicio de su buena fe, de su habilidad comprobada y de su juicio clínico, que la continuación del experimento
puede probablemente dar por resultado la lesión, la incapacidad o la muerte del sujeto experimental.
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-