Clases de normas u ordenamientos sociales y la cultura de la naturaleza jurídica del derecho

Ordenamiento social

Clases de normas

Naturaleza jurídica del derecho

morales

sociales

jurídicas

religiosas

bueno, correcto o adecuado

seguir en comunidad

mejorar la convivencia social

escritas

cumplimiento obligatorio

conceden derechos

imponen obligaciones

emanadas de la autoridad religiosa

estructura social

jerárquica

relaciones

forman

individuales

grupales

con armonía

el conflicto

contrario al

desencadena en la violencia

lo que

tres posturas:

  1. Familia

ente susceptible

adquirir derecho

de

  1. Familia

organismo jurídico

no median sujeciones del poder soberano

  1. tesis

institución

combinación de pautas

compone

regulan el comportamiento

que

conjunto de reglas de conducta humana creadas por una autoridad competente con posibilidad de coercibilidad

son

Según la constitución

Los atributos de la presidencia

Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control

Art 147, numeral 5

Art. 120 numeral 6 CE

Diferencias entre lo moral y lo jurídico

Moral: Unilateral, Autónomo,
Incoercible

Jurídico: Bilateral, Heterónomo,
Coercible

Clasificación

Sistema: Nacionales, extranjeras, de derecho uniforme (Art. 43 CC)

Fuentes: legislativas, consuetudinarios, jurídicas

Espacial (Art.15; 242 CE): Generales, estos locales, municipios

Temporal: indeterminado (Constitución) determinado (decreto)

Material: Público y privado.

Personal: genéricas e individuales

Jerarquía (Art. 425 CE): Constitución, ordinarias, reglamentarias, individualizadas

Sanciones: perfectas, plus quam perfectas, minus quam perfectas, imperfectas.

Cualidad: permisivas y prohibitivas.

Complementación: primarias, secundarias.

Voluntad de particulares: Rigurosas y a voluntad

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Parte del derecho distribuida de manera jerárquica (Art. 426 CE), en donde la ley suprema establecida es la constitución (Art.426 CE)

CONSTITUCIÓN

instrumento político, ley suprema que determina el sistema de gobierno, establece derechos y libertades, determina funciones del Estado (Art. 424 CE). Contiene 444 artículos, 30 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria, 30 disposiciones de régimen de transición, 1 disposición final y 9 títulos

CÓDIGO CIVIL

disposiciones legales que mencionan derechos particulares, basado en el de Chile. Tiene 2424 artículos y cuatro libros: personas, bienes, muerte y oración, obligaciones en general y contratos. Promulgado en 1861, del CC de Chile de 1857, que procede del Napoleónico 1804, que surge del romano generado por Justiniano en el Siglo VI que proviene del derecho consuetudinario