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FUENTES DE LAS OBLIGACIONES COMERCIALES
HECHOS JURÍDICOS MEDIANTE LOS CUALES DOS PERSONAS SE ENCUENTRAN EN LA SITUACIÓN DE DEUDOR Y ACREEDOR UNO DEL OTRO.
LA LEY MERCANTIL
CONJUNTO DE NORMAS QUE REGULAN LOS ACTOS DE COMERCIO. SE REGULA LA ACTIVIDAD ENTRE LAS EMPRESAS Y LOS CONSUMIDORES
SE ENCARGA DE REGULAR LA ACTIVIDAD GENERADA POR LOS OPERADORES JURÍDICOS CONOCIDOS COMO ACTOS DE COMERCIO
ESTOS ACTOS PUEDEN SER REALIZADOS POR UNA EMPRESA O DE FORMA PARTICULAR
ESTOS BIENES NO SON ADQUIRIDOS PARA EL USO PROPIO SINO PARA EL INTERCAMBIO POSTERIOR
LOS ACTOS SON MASIVOS, YA QUE LA FINALIDAD NO ES EL CONSUMO PROPIO SINO EL INTERCAMBIO
SU FINALIDAD ES GANAR DINERO
COSTUMBRE
CONJUNTO DE PRÁCTICAS QUE SE REPITEN Y APLICAN REITERADAMENTE POR UN GRUPO DE PERSONAS FRENTE A UN HECHO O TEMA DETERMINADO Y ADQUIERE OBLIGATORIEDAD POR EL HECHO MISMO DE SER UNA NORMA CREADA PARA USOS SOCIALES, SIEMPRE QUE ESTAS NO SEAN CONTRARIAS A LA LEY Y SE EJECUTEN DE MANERA REITERADA, PÚBLICA Y UNIFORME.
LOS USOS DE COMERCIO NO SON MAS QUE COSTUMBRES DESARROLLADAS Y APLICADAS EN EL ÁMBITO DE LAS RELACIONES MERCANTILES
EQUIDAD
DEL LATÍN AEQUITAS, «VIRTUD DE LA JUSTICIA DEL CASO EN CONCRETO»
LA EQUIDAD ADAPTA LA REGLA PARA UN CASO CONCRETO CON EL FIN DE HACERLO MÁS JUSTO
.
ES SINÓNIMO DE IGUALDAD, ECUANIMIDAD, JUSTICIA, RECTITUD, EQUILIBRIO
SE CARACTERIZA POR EL USO DE LA IMPARCIALIDAD PARA RECONOCER EL DERECHO DE CADA UNO, UTILIZANDO LA EQUIVALENCIA PARA SER IGUALES
DOCTRINA
ESTA CONSTITUIDA POR LOS COMENTARIOS Y LAS OPINIONES QUE LOS DIVERSOS TRATADISTAS MANIFIESTAN EN SUS OBRAS DEL DERECHO MERCANTIL TRATANDO DE EXPLICAR EL CONTENIDO DE LA LEY
LA FORMAN TODOS LOS PRINCIPIOS, ENSEÑANZAS O INSTRUCCIONES QUE SE CONSIDERAN VÁLIDAS Y APLICABLES EN MATERIAS JURÍDICAS
JURISPRUDENCIA
ES UNA INTERPRETACIÓN DE LA LEY Y ES REALIZADA POR LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES
CONJUNTO DE RESOLUCIONES JUDICIALES EMITIDAS POR LOS TRIBUNALES Y QUE COMPARTEN UN MISMO CRITERIO SOBRE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE UN ORDENAMIENTO JURÍDICO DETERMINADO
TIENE LA FUNCIÓN DE EVITAR AMBIGÜEDADES Y CONFUSIONES AL MOMENTO DE APLICAR LA LEY EN CASOS EN LOS QUE ESTA NO PUEDA VALERSE SOLO DE SÍ MISMA PARA SER INTERPRETADA DE FORMA OBJETIVA Y EFECTIVA