La clase campesina en la que englobamos a los ejidos y comunidades, ejidatarios y comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, posesionarios, jornaleros agrícolas y campesinos en general, gozan de los mismos derechos que cualquier otra persona que se encuentre dentro del territorio nacional, encuadrando dentro de ese cúmulo, los derechos humanos reconocidos en nuestra Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, por lo cual en los apartados siguientes se abordaran algunos de ellos, los cuales se encuentran dirigidos específicamente a la protección de la clase campesina.