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PROCEDENCIA DE AMPARO DIRECTO - Coggle Diagram
PROCEDENCIA DE AMPARO DIRECTO
ELEMENTOS
El artículo 107 constitucional, en la fracción III establece las reglas relativas
al amparo directo y específicamente en el inciso a), determina la procedencia
del amparo contra sentencias definitivas, laudos y resoluciones que pongan fin
a juicio, ya sea que la violación se cometa en ellos o durante el procedimien-
to, que afecte las defensas del quejoso trascendiendo al resultado del fallo.
Además, deberán hacerse valer las violaciones a las leyes del procedimiento al
reclamarse la sentencia definitiva, laudo o resolución que ponga fin al juicio,
siempre y cuando se hayan impugnado durante la tramitación del juicio de ori-
gen, salvo que se trate de actos que afecten derechos de menores o incapaces,
relativos al estado civil, al orden o estabilidad de la familia o en materia penal
cuando el quejoso sea el sentenciado.
Ignacio Burgoa señala que de acuerdo al artículo 107 constitucional
fracciones V y VI y al artículo 158 de la Ley de Amparo, “el juicio de amparo
directo procede contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones
CARACTERISTICAS
El juicio de amparo cumple con las
características de eficacia e idoneidad a la luz del artículo 25
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. De la
interpretación del precepto citado, un recurso judicial efectivo es aquel
capaz de producir el resultado para el que ha sido concebido, es decir,
debe ser un medio de defensa que puede conducir a un análisis por
parte de un tribunal competente para determinar si ha habido o no
una violación a los derechos humanos y, en su caso, proporcionar una
reparación. En este sentido, el juicio de amparo constituye un recurso
judicial efectivo para impugnar la inconstitucionalidad, o incluso la
inconvencionalidad, de una disposición de observancia general, pues
permite al órgano jurisdiccional de amparo emprender un análisis para
establecer si ha habido o no una violación a los derechos humanos de los
solicitantes y, en su caso, proporcionar una reparación, lo que se advierte
de los artículos 1º, fracción I, 5º, fracción I, párrafo primero, 77 y 107,
fracción I, de la Ley de Amparo
El amparo directo funciona
como un recurso para verificar el cumplimiento al debido proceso
legal en el procedimiento penal establecido en la Constitución y
en la Ley de Amparo. La injustificada limitación a la eficacia del
amparo directo en el procedimiento penal va en contra de los
principios constitucionales y convencionales, por eso, cuando un
argumento sobre la violación a derechos humanos es rechazado en
el amparo directo, se puede incurrir en la violación a los artículos 1
y 25 de la Convención, al poner en riesgo su eficacia protectora