Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Proceso de Formación de los Tratados - Coggle Diagram
Proceso de Formación de los Tratados
El estudio del proceso de celebración de tratados inicia con el análisis de su proceso de formación, conclusión y entrada en Vigor con el ámbito internacional, en consonancia con la CONVENSION DE VIENA SOBRE EL DERECHO DE LOS TRATADOS DE 1969.
Son generalmente cuatro las fases por las cuales tienen que pasar los Tratados solemnes hasta su conclusión:
A) La de la formación del texto, negociaciones, adopción, autenticación y firma.
B) La de la aprobación parlamentaria: referéndum, que es confundida en algunos Derechos internos con la ratificación por parte de cada Estado interesado en formar parte en el Tratado.
C) La de la ratificación o adhesión del texto convencional, concluida con el intercambio o depósito de los instrumentos que la consubstancian.
D) La de la promulgación y publicación del texto convencional en el diario, boletín o gaceta oficial del Estado. Esta ultima fase es sólo complemento de las demás y busca dar aplicabilidad interna al compromiso internacionalmente firmado; su ausencia no exime, en absoluto, al Estado de responder por los términos del tratado ya ratificado y en Vigor.
Según la Convención de 1969, todos los Estados tienen capacidad para concluir Tratados.
Los ministros de relaciones exteriores o de los negocios extranjeros, como son denominados en algunos Estados, tienen a su vez para la celebración de tratados, con los mismos poderes de los jefes de Estado o de Gobierno.
La Convención de Viena de 1969 establece tres reglas sobre el tema, así disponiendo:
A) Los jefes de Estado, los jefes de Gobierno y los ministros de relaciones exteriores están dispensados de la presentación de los plenos poderes para todos los actos relativos a la conclusión de un tratado;
B) Los jefes de misión diplomática los embajadores o los encargados de negocios, están dispensados de la presentación de los plenos poderes sólo para la adopción del texto de un tratado
C) Los representantes acreditados por los Estados ante una conferencia u organización internacional o en uno de sus órganos, para la adopción del texto de un tratado en tal conferencia, organización u órgano
DESMEMBRANDO LAS FASES INTERNACIONALES DE LA FORMACIÓN DE LOS TRATADOS
a) Las negociaciones preliminares:
El proceso de formación de los tratados inicia con los actos de negociación, que son de la competencia generalmente del Poder Ejecutivo.
Las negociaciones de un tratado tienen lugar cuando los representantes de los Estados se reúnen en cierto lugar y en una época preestablecida, a fin de estudiar conjuntamente las posibilidades de llegar a un entendimiento en relación a la conclusión de determinado instrumento internacional.
Finalizadas las negociaciones, se tiene el tratado como concluido dándose a esa última expresión el sentido que le da la Convención de Viena de 1969, o sea, el de tratado apto para proseguir en las demás fases de su celebración.
a.1.) Un preámbulo:
Que enumera los nombres de las partes contratantes y expone los motivos a que se destina la consecución del acuerdo;
1 more item...
b) La adopción del texto:
Se sabe que el texto final de un tratado debe resultar de un acuerdo de voluntades de las partes presentes en las negociaciones. Tal acuerdo debe obligatoriamente ser confirmado por un acto jurídico, para que solamente así sea tenido por Válido.
c) La autenticación:
Otro procedimiento concerniente a la formación de los tratados que sigue cronológicamente a la adopción, es su autenticación, acto por el cual el texto del tratado es considerado “autentico y definitivo”.
d) La firma:
Tras el acto jurídico de la adopción del texto convencional, el acto jurídico subsecuente es el de la firma del tratado. La firma pone termino a esa fase inicial del proceso de formación de los tratados iniciada con las negociaciones y seguida de la adopción y remata el acto protocolario de la autenticación (cuando esta no se dio en los términos de la Convención de Viena de 1969, “mediante el procedimiento que se prescriba en él o que convengan los Estados que hayan participado en su elaboración”.
1 more item...