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SOCIEDADES COMANDITARIAS
Características
Son un tipo de sociedad muy peculiares
principalmente debido a que en su composición social
existe
desigualdad jurídica entre sus socios.
pues unos tienen
responsabilidad ilimitada
responsabilidad limitada.
Origen
según algunos autores
existen antecedentes en
Babilonia
Grecia
Roma
Opiniones hacen derivar esta sociedad
"Commenda o Encomienda"
conocida en la Edad Media
consistía en entregar un cierto capital
que se confiaba a un cierto comerciante
que viajaba con su cargamento a lejanos países.
ofrecían participación de los resultados obtenidos.
Para otras corrientes
era aquella que reflejaba la evolución de la Sociedad Colectiva.
remontaría al Siglo XIV
Clases de Sociedad en Comandita
siglo XVIII en Francia
aparece una nueva modalidad dentro las sociedades en comandita
consiste en que algunas de ellas
los socios comanditarios empiezan a representar su capital
por medio de acciones
Sociedades en Comandita Simple
son aquellas
tanto el capital comanditario como el colectivo, si lo hubiera, constituyen un conjunto y esta representado por los socios.
Sociedades en Comandita por Acciones
el capital comanditario está
dividido en cuotas
y representado por acciones
y el capital colectivo constituye un conjunto
y está representado por los socios.
Características principales
Son sociedades de personas
porque en su organización prevalecen básicamente
los lazos de amistad
y la confianza que existe entre ellas
en las Comanditas por acciones
esta situación puede cambiar
de acuerdo a la
a la conformación del capital comanditario.
En las Sociedades en Comandita Simple
capital es conjunto.
En cambio en las Sociedades de Comandita por Acciones
el capital de los socios colectivos es conjunto
el de los comanditarios está divido en cuotas.
Las Sociedades en Comandita Simple
el capital está representado por los socios
en las Sociedades en Comandita por Acciones
el capital de los socios colectivos esta representado por los socios
y el de comanditarios por Acciones.
Su responsabilidad es ilimitada
por que los socios colectivos asumen en forma
Solidaria
e ilimitada
el total de las obligaciones sociales.
Quedando la responsabilidad de los socios comanditarios
limitada a sus aportes de capital.
No efectúan reserva legal
debido a que su responsabilidad es ilimitada
Se constituyen con un mínimo de dos socios
son de carácter dualista
porque tienen dos clases de socios
colectivos
o gestores
Nombre Comercial
Pueden actuar bajo una denominación
O bajo una razón social
formada por los nombres patronímicos
de los socios colectivos.
Deberá estar seguido de las palabras
"Sociedad en Comandita Simple"
"S.C.S"
o "Sociedad en Comandita por Acciones"
"S.C.A."
o sus correspondientes abreviaturas.
Ejemplo:
FARMACIA "LA SALUD" S.C.S de Canedo y Cia.
PESCADERIA "CESPEDES Y RAMÍREZ"
S.C.A.
"PECERA" S.C.A.
Administración
Puede estar a cargo de los socios
gestores
o colectivos
que son administradores natos
de la sociedad
o de terceras personas.
Los socios comanditarios pueden examinar
los libros de contabilidad
balances
y documentos de la sociedad.
Si participan habitualmente
en la administración
automáticamente adquieren la responsabilidad ilimitada de los administradores
Si lo hacen eventualmente
serán responsables en forma ilimitada solo por esos actos
sin perder su calidad de socios comanditarios.
podrán administrar la sociedad sin perder su condición.
Para la designación de terceras personas como administradores
son los socios gestores
o colectivos
los que proponen los nombres de los candidatos
se los elige por voto mayoritario
de todos los socios que hubieran
aportado capital.
Asamblea General de Socios
Las asambleas de socios se constituyen
en la autoridad máxima de la sociedad
establecen lineamientos a seguir
por los directores
administradores
síndicos si existieran
o por los mismos socios.
Las decisiones administrativas son tomadas como mayoría absoluta de votos
las decisiones de políticas empresariales, como ser modificación de contrato social se requiere unanimidad.
El quórum legal para la asamblea de socios
debe estar establecido en el contrato social
y el número de votos
sobre la base de los aportes de capital.
Admisión y Retiro de Socios
En las sociedades en Comandita Simple
la transferencia total o parcial de capital que quiera efectuar cualquiera de los socios gestores o comanditario a terceras personas
requiere de aprobación unánime salvo pacto en contrario.
las sociedades en comandita por acciones
para la transferencia total o parcial de capital que quieran efectuar los socios colectivos a terceras personas
requieren aprobación de una asamblea extraordinaria.
La transferencia parcial o total de capital entre socios es libre.
El socio que desee retirarse de la sociedad
deberá comunicar su decisión por escrito
para que los demás socios puedan ejercer su derecho preferente al capital
de no existir acuerdo se disuelve la sociedad.