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CLAUSULADO GENERAL A TENER EN CUENTA A LA HORA DE REDACTAR UN CONTRATO…
CLAUSULADO GENERAL A TENER EN CUENTA A LA HORA DE REDACTAR UN CONTRATO INTERNACIONAL
Para la redacción de un contrato internacional hay que definir, con “claridad, concreción, sencillez y congruencia”, quiénes son las partes contratantes, cuál es el objeto del contrato, y cuál es el contenido esencial del mismo.
1.9.1. Encabezamiento y título del contrato
Los contratos internacionales comienzan con un encabezamiento o título que los predefine jurídicamente, y que suele constar en la primera página del contrato.
1.9.2. Identificación de las partes contratantes
Se inicia con la identificación de las partes contratantes.
1.9.3. Lugar y fecha del contrato
La fijación de la fecha del contrato resulta importante para determinar su entrada en vigor y las normas vigentes en el momento de la celebración del contrato.
1.9.4. Preámbulo del contrato
Las partes expresan cuál es el motivo que las ha llevado a contratar.
1.9.5. Definiciones
Se colocan algunas cláusulas que tienden a definir los conceptos que se van a manejar a lo largo del propio contrato.
1.9.6. Validez del contrato
Todos los contratos se celebran, modifican o extinguen por el acuerdo de las partes, sin ningún otro requisito.
Las partes proclaman entre sí la validez del contrato, y garantizan el cumplimiento del contrato en la solvencia de las mismas y en la honorabilidad y recta intención de las personas que en nombre de aquellas, o en nombre propio, intervienen.
1.9.7. Obligaciones de las partes
Determinar las obligaciones asumidas por las partes, siempre en estrictos términos de “claridad, sencillez, congruencia y concreción”.
Se deberán concretar extremos tales como las condiciones de entrega de la mercancía, el precio, las condiciones de pago, etc.
1.9.8. Cláusula de fuerza mayor
Es una cláusula contractual en virtud de la cual la existencia de circunstancias excepcionales que alteren el equilibrio inicial del contrato, impidiéndole el cumplimiento de sus obligaciones a alguna de las partes contratantes.
1.9.9. Cláusula penal
Supone la indemnización tasada de daños y perjuicios en el caso de incumplimiento contractual.
1.9.10. Cláusula de reserva de dominio
La propiedad de la mercancía vendida permanecerá en manos del vendedor hasta que el comprador no haya satisfecho el importe total del precio pactado.
1.9.11. Cláusula de revisión de precio
El riesgo de que el precio pactado en el contrato pueda cambiar si se verifica, de forma imprevista, una variación súbita y excesiva del coste de los bienes o servicios objeto del contrato se debe cubrir.
1.9.12. Entrada en vigor
El contrato entra en vigor en la fecha de formalización del mismo, es decir, en el momento de la firma.
1.9.13. Cláusula de resolución de controversias
La determinación por las partes contratantes del órgano competente para resolver las controversias que puedan surgir derivadas de la firma del contrato, y la designación de la ley aplicable al fondo del asunto son dos cuestiones que deben quedar bien “atadas” a la firma del contrato.
1.9.14. Cláusula de elección de ley
Aunque no surja nunca un contencioso entre las partes, resulta útil saber cuál es la ley aplicable al contrato.
2.Si surge el contencioso, la cláusula de elección de ley evita problemas y reduce costes, pues el juez o el árbitro ya saben qué ley debe regir el contrato.
3.Permite a los contratantes elegir el derecho que más convenga, por su contenido, a sus intereses.
1.9.15. Terminación del contrato
Se trata de determinar las causas de finalización del contrato internacional.
1.9.16. Rescisión contractual
Lo habitual es la rescisión contractual por incumplimiento de una de las partes.
1.9.17. Cláusulas finales
Los contratos internacionales de una cierta envergadura económica suelen contener una serie de cláusulas finales que regulan aspectos accesorios del contrato.
a) Cláusula “modificación por forma escrita”.
En los contratos por escrito se inserte una cláusula que impone la utilización de una forma escrita para toda modificación que se desee introducir.
b) Cláusula Entire agreement
Debe constar que el contenido del contrato es el fijado finalmente por las partes, con exclusión de cualesquiera otros documentos.
c) Cláusula de confidencialidad
Señala que la información que se han proporcionado recíprocamente para la conclusión del contrato es confidencial.
d) Cláusula sobre notificaciones entre las partes
Determinar el domicilio de las partes contratantes a efectos de realizar cualquier notificación con ocasión del contrato internacional.
e) Cláusula de impuestos y gastos
El objetivo es repartir de manera equitativa los impuestos y gastos realizados con ocasión de las negociaciones necesarias para celebrar el contrato.
f) Cláusula de idioma
Se determina la lengua o lenguas oficiales del contrato.
g) Se determina la lengua o lenguas oficiales del contrato.
Los contratantes indican en cuantas copias oficiales ha sido redactado el contrato, y que todas ellas integran y forman parte del contenido del contrato.