Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
LEY 594 DEL 2000
Por medio de la cual se dicta la ley general de archivos…
LEY 594 DEL 2000
Por medio de la cual se dicta la ley general de archivos y se dictan otras disposiciones
Título II: Sistema nacional de archivos, órganos asesores, coordinadores y ejecutores.
Titulo I: Objeto, ámbito de aplicación, definiciones fundamentales y principios generales
-
-
-
-
-
XII: Estilos a la salvaguarda, difusión o incremento del patrimonio documental de la nación
-
X: Donación, adquisición y expropiación
El archivo General de la Nación y Archivos históricos públicos pueden recibir observaciones, pueden ser adquiridos de forma total por la Nación cuando se ofrece a venta.
-
-
-
IX: Archivos privados
Archivo privado, asistencia de archivos privados, registro, declaración de interés cultural, régimen de estímulos, prohibiciones, obligatoriedad y protocolos notariales de los archivos privados
El archivo general de la Nación brinda protección y asistencia a los archivos de instituciones y centros encargados de tener documentos de personas naturales o jurídicas y de prestación de servicios. Dichas personas deben inscribirse y facilitar copias de archivos originales a la entidad de la Nación, contempladas en los contratos.
La junta directiva del archivo General de la Nación es quien declara un documento como patrimonio documental y estos son de libre acceso y adicional generan un estimulo no tributario.
Así mismo prohíbe: Traslados fuera del Territorio Nacional ( multa de 100 SMMLV), transferir a titulo oneroso o gratuito (multa de 50 SMMLV) y los archivos de más de 30 años deben remitirse al archivo General Notarial.