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El PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
NORMAS GENERALES
Procedencia:
Ordenamientos administrativos en base al COA.
Dirección:
Competencia de la Administración Pública en base a su ámbito de acción
Formularios y modelos:
A disposición de las personas: solicitudes, reclamos, recursos.
Actuaciones orales y audiencias:
Facultad de la Administración Pública convocar o no.
Razón de recepción:
Escrito dirigida a la Administración Pública.
Describe una petición, queja
Evidencia de cumplimiento del procedimiento
Impulso procedimental:
Manifestado por la Administración Pública para continuar con el proceso.
Subsanaciones:
La Administración Pública notifica ausencia de requisitos.
10 días término
Prohibición de subsanación
Obligaciones no previstas
Requerimientos materiales señalados por el interesado
Archivos de la Administración Pública
Acción rectificada realizadas previamente por la administración pública
Orden de despacho:
Conforme ingreso de trámites
Acumulación subjetiva:
Solicitud única de un grupo de ciudadanos con mismo fin objetivo.
Viable acopio de peticiones con mismo fundamento.
Expediente electrónico:
Medios digitales
Sin correcciones y rectificaciones
Sirven como documentos probatorios
Sujetos a procesos de resguardo
PERSONA INTERESADA
Origina el procedimiento
Avala derecho personal y legítimo
Certifica titularidad
Capacidad de acción:
Persona legítimamente competente
Terceros atañidos:
Asume rol como interesado
REPRESENTACIÓN
Intervención del interesado o representante debidamente acreditado acorde a las normas.
Acreditación o subsanación en 10 días
Falta de acreditación
Acreditación o subsanación en 10 días
No es causal para impedir la actuación
Revocatoria de representatividad:
Formal cumpliendo lo prescrito para efectos de validez
Representatividad emanada desde Administración Pública
No identificado el individuo
Se encubra
Desconocimiento de residencia
Incapacitada
Incapacitado para intervenir
Comparecencia restringida
Renuncia representación:
Se deslinda de responsabilidad previa notificación de decisión
Representante común:
Previo señalamiento de los demás
TÉRMINOS Y PLAZOS
Cumplimiento obligatorio a partir del siguiente día
Término:
Determinado en días, excepción sábado, domingo y feriado
Plazos:
Determinado en meses y años, tiempo a la fecha fijada
Ampliación:
Según lo requiera los interesados, precautelando no conculcación derechos de terceros
Suspensión:
Bajo la premisa del tiempo previsto
Errores procedimentales
Tiempo
Elementos probatorios
Imprevisto
Diligencia abreviada:
De carácter facultativo
NOTIFICACIÓN
Comunicación que está involucrado en un Acto Administrativo
Personal
Involucrado en el proceso.
Constará lugar, fecha y hora de recibimiento
Boletas:
Dos en días deferentes.
Medios de comunicación:
Cuando exista desconocimiento del domicilio
Radio
Tres veces al día
De seis a veintidós horas
Dos fechas distintas
Prensa
Sujetará el texto del acto administrativo
Periódico de mayor circulación
Notificación en el extranjero:
Por medio del consulado regente
En pluralidad a cada interesado:
Inicialmente a todos, luego a un representante
Responsabilidad:
De instituir constancia de las notificaciones (hora, fecha, lugar)
Comparecencia:
Persona inmersa en el acto administrativo
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NOMBRE:
Náthaly López
CURSO:
5to "2"