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Art. 39-42 Derecho a no ser discriminado
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Las autoridades están obligadas a llevar a cabo medidas especiales para prevenir, atender y erradicar la discriminación.
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Las autoridades deben garantizar la igualdad sustantiva, de oportunidades y derecho a no discriminación.
Medidas para la eliminación de usos, costumbres, prácticas culturales y prejuicios que atenten contra la igualdad de niñas, niños y adolescentes.
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