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LAS ACCIONES DE PROTECCIÓN DE LA POSICIONES Y LA PROPIEDAD - Coggle Diagram
LAS ACCIONES DE PROTECCIÓN DE LA POSICIONES Y LA PROPIEDAD
DEFENSA DE LA POSESIÓN
Definición y Elemento
Posesion
Poseedor en calidad de detentador
Poseedor con animo de dueño
Posesión en calidad de propietario
Acción de hecho
Puede ser ejercida por un tercero en contra del poseedor, detentador o propietario
Puede ser ejercida por el propietario en contra del poseedor o detentador
Acción de recuperar la posesión Art. 1461
Legitimación
Activa
Puede ser inquilino
Puede ser poseedor con animo de dueño, etc.
Puede ser propietario
Pasiva
Sea una persona colectiva pública o privada
Sea una persona individual
Procedencia de la acción de
recuperar la posesión
Que el demandante haya estado en posesión del bien
Que el demandante haya sido desposeido del bien, sea con violencia o no
Que no hay transcurrido mas de un año desde la fecha de la desposesion
Acción de conservar la posesión Art. 1462
Legitimación activa
La legitimación activa y pasiva es la misma que en la acción de recuperar la posesión con la diferencia de que la demanda está dirigida al cese de los actos perturbadores de la posesión ejercidos por el demandado
Procedencia de la acción de recuperar la posesión
Que la demanda sea presentada dentro del año de haberse iniciado la perturbación a la posesión
Que la posesión en la que se encuentra el demandante sea por mas de un año de forma pacífica
Acción de obra perjudicial Art. 1463
Requisitos
Que la obra y/o construcción se haya iniciado no más de un año antes de la demanda y no esté concluida
La obra nueva debe consistir, además, en algo que inevitablemente ha de modificar un estado de hecho existente, es decir, poner en peligro inminente la propiedad del demandante
Una obra y/o una construcción nueva
La indicada acción posesoria puede iniciarse en los siguientes casos
Art. 118.. (EXCAVACIONES O FOSOS).
Art. 124.- (VISTAS DIRECTAS Y OBLICUAS).
Art. 117.- (INMISIONES).
Art. 126.- (CAÍDAS DE AGUAS PLUVIALES)
Acción por daño temido Art. 1464
Sustento legal concordante Art. 1464
Acción o Interdicto de daño temido
de construcción ruinosa
Art. (Edificios que amenazan ruina y arboles que constituyen peligro)
Art. 997 (Ruina de edificio o de otra construccion)
Acción o Interdicto de daño temido de árbol
Art. (edificios que amenazan ruina y arboles que constituye peligro)
Art. 120.- (DISTANCIAS PARA LA PLANTACIÓN DE ÁRBOLES).
Art. 121.- (CORTE DE RAMAS Y RAÍCES, CAÍDA DE FRUTOS).
Legitimación
Activa - Demandante
Pasiva - Demandado
DEFENSA DE LA PROPIEDAD
ACCIÓN REIVINDICATORIA
ART. 1454.- (Imprescriptibilidad de la acción
reivindicatoria).
ART. 1453.- (Acción reivindicatoria)
ACCIÓN NEGATORIA Art 1455