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Enfoques y modelos de ciudadanía multicultural., trttg - Coggle Diagram
Enfoques y modelos de ciudadanía multicultural.
Modelo de ciudadanía multicultural - Will Kymlicka
Las sociedades democráticas modernas tienen que hacer frente a grupos minoritario que exigen el reconocimiento de su identidad cultural.
Kymlicka - “una teoría liberal de derechos colectivos”.
Concibe a los seres humanos no como “átomos aislados” sino como sujetos sociales y comunitarios cuya pertenencia a un grupo cultural constituye un ingrediente esencial de sentido.
Kymlicka defiende el multiculturalismo integrador donde reivindica 3 formas de derechos colectivos:
Los derechos de autogobierno: exigencia de algún tipo de autonomía política.
Derechos poliétnicos: exigencia de respeto a la herencia étnica, formas de expresión, lenguaje...
Derechos especiales de representación: exigencia de representación de los grupos diferentes.
Modelo de patriotismo constitucional de Jünger Habermas
“patriotismo constitucional”, único patriotismo legítimo que encuentra sus límites en los postulados de universalización de la democracia y de los derechos del hombre.
Por universalismo Habermas entiende:
“que se relativiza la propia forma de existencia atendiendo a las pretensiones legítimas de las demás formas de vida, que se reconocen iguales, que uno no se empecina en la universalización de la propia identidad"
Habermas utiliza tres categorías básicas: “Etnos”, “ethos”, “demos”.
“Etnos”: define cualquier comunidad desde los elementos prepolíticos-jurídicos de tipo natural, sean étnicos, racionales, religiosos, etc.
“Ethos”: comprende las diferentes concepciones morales de lo que es bueno, diferentes cosmovisiones que arropan una determinada comunidad.
“demos”: que significa la comunidad de ciudadanos libres.
Modelo de ciudadanía universal de Ferrajoli:
Desde la filosofía política y jurídica, Luigi Ferrajoli habla de los derechos de los pueblos en relación con la crisis de la soberanía estatal.
Ferrajoli
- el paradigma del viejo Estado soberano es inadecuado y ha quedado obsoleto. Y la razón fundamental de esa crisis ha sido que en el nuevo derecho internacional “pasan a ser sujetos de derecho internacional no sólo los Estados, sino también los individuos y los pueblos”.
En la crisis de los Estados y de las comunidades nacionales que caracteriza este fin de siglo, es preciso reconocer que la ciudadanía ya no es un factor de inclusión y de igualdad.
Los derechos se han convertido en derechos de ciudadanía exclusivos y privilegiados-
Modelo de ciudadanía constitucional mundial de Peter Häberle
Peter HÂBERLE manifiesta:
“El status mundialis de los derechos fundamentales irradia hacia el status civilis y culturalis”: Los nacionalismos son una ideología todavía presente y de mucha efectividad política.
Los derechos fundamentales constituyen, de este modo, la categoría jurídica que engloba a los derechos humanos universales y los derechos ciudadanos nacionales.
Diferencia entre Estado de Derecho y Estado Constitucional:
El Estado de Derecho quiere expresar el sometimiento del Estado a un conjunto de normas e instituciones jurídicas, sin embargo, el Estado Constitucional específica que es a la Constitución a lo que ante todo y primariamente se somete el Estado.