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Peligrosas prácticas comerciales - Coggle Diagram
Peligrosas prácticas comerciales
Prácticas engañosas que generan confusión.
Prácticas comerciales, incluida la publicidad comparativa, que crean confusión, incluido el riesgo de asociación con bienes o servicios, marcas registradas, nombres comerciales u otras marcas distintivas de una entidad cometidota.
Promocionar un bien o servicio similar al comercializado por una determinada entidad empresarial o profesional para inducir de manera deliberada a la persona consumidora a creer que el bien o servicio procede de dicha entidad o profesional, no siendo cierto.
Prácticas señuelo y prácticas promocionales consideradas engañosas.
Las prácticas comerciales de venta en liquidación cuando sea incierto que la entidad empresarial o profesional no cumpla los requisitos de esta modalidad de venta, o que, en cualquier otro supuesto, afirmen que aquellas están a punto de cesar en sus actividades o de trasladarse sin que vaya a hacerlo.
Las prácticas comerciales que ofrezcan un premio, de forma automática, o en un concurso o sorteo, sin conceder los premios descritos u otros de calidad y valor equivalente.
Realizar una oferta comercial de bienes o servicios a precio determinado para luego, con la intención de promocionar un bien o un servicio diferente, negarse a mostrar el bien o servicio ofertado, no aceptar pedidos o solicitudes de suministro, negarse a suministrarlo en un periodo de tiempo razonable, enseñar una muestra defectuosa del bien o servicio promocionado o desprestigiarlo.
Describir un bien o servicio como “gratuito”, “regalo”, “sin gastos” o fórmula equivalente si la persona consumidora ha de abonar dinero por cualquier concepto diferente del coste inevitable de la respuesta a la práctica comercial y la recogida del producto o del pago por la entrega de este.
Hacer una oferta comercial de bienes o servicios a precio determinado sin revelar que existen motivos razonables de que tales bienes, servicios u otros equivalentes, no estarán disponibles al precio ofertado por periodo suficiente y en cantidades razonables.
Prácticas engañosas sobre la naturaleza y propiedades de los bienes o servicios
Comprometerse a proporcionar un servicio posventa a las personas consumidoras sin advertirles claramente antes de contratar que el idioma en el que este servicio estará disponible no es el utilizado en la operación comercial.
Proclamar, de manera falsa, que un bien o servicio puede curar enfermedades, disfunciones o malformaciones.
Afirmar, no siendo cierto, que el bien o servicio solo estará disponible durante un periodo de tiempo muy limitado o que solo estará disponible en ciertas condiciones durante un periodo de tiempo muy limitado a fin de inducir a la persona consumidora a tomar una decisión inmediata.
Crear la falsa impresión de que el servicio posventa del bien o servicio proporcionado está disponible en un Estado miembro diferente de aquel en el que se ha contratado su suministro.
Afirmar o crear por otro medio la impresión de que un bien o servicio puede ser comercializado legalmente no siendo cierto.
Prácticas engañosas relacionadas con códigos de conducta u otros distintivos de calidad.
Que una empresa o profesional, sus prácticas comerciales, o un bien o servicio ha sido aprobado, aceptado o autorizado por un organismo público o privado, o hacer esa afirmación sin cumplir las condiciones de la aprobación, aceptación o autorización.
La exhibición de un sello de confianza o de calidad o distintivo equivalente, sin haber obtenido la necesaria autorización.
Que un código de conducta ha recibido el visto bueno de un organismo público o cualquier otro tipo de acreditación.
Que la empresa o profesional presenta adhesión a un código de conducta.