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HOMOLOGACION DE LA ARGUMENTACION CON LA HERMENEUTICA, CITAS, ENRIQUE…
HOMOLOGACION DE LA ARGUMENTACION CON LA HERMENEUTICA
4.5.2. Ejercicio de la dialéctica en el Derecho positivo, con base a la argumentación y la hermenéutica.
¿Qué es el derecho positivo?
El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía (por el órgano estatal que ejerza la función legislativa
La palabra “hermeneutica” deriva su origen en honor al dios griego “Hermes”, cuya función era la de ser intermediario entre los hombres y los dioses, el era quien interpretaba los mensajes y designos divinos
Dialéctica
es en sí misma un proceso que produce permanencias tales como conceptos, abstracciones, teorías y estructuras institucionalizadas de conocimiento, las cuales se establecen para ser sustentadas o refutadas por procesos continuos de investigación.
4.5.1. Reflexión sobre la verdad de la argumentación jurídica y la hermenéutica jurídica,
La argumentación que implica dar cuenta y razón de algo a alguien o ante alguien, y que en la mayoría de los casos tiene lugar en el curso de una conversación o de una interacción discursiva entre dos o más agentes siempre y cuando se tenga la intención de convencer o persuadir a alguien por medio de razones
La hermenéutica jurídica hace referencia a la interpretación del derecho, tradicionalmente de la norma jurídica, y se ubicá común- mente dentro de los temas centrales de la filosofía del derecho.
4.3.1. El valor critico en la argumentación y la hermenéutica jurídica
se habla de paradigmas desde el punto de vista general cuando son concepciones compartidas por toda una comunidad de juristas.
paradignas desde el punto de vista especial cuando se trata de modelos aplicables a campos concretos de la actividad juridica.
4.3. El paradigma como parte de la argumentación y como hermenéutica
la argumentación jurídica implica la superación tradicional del derecho, se considera como una cultura juridica
HERMENEUTICA: Determinara la norma correcta en sentido formal y material
ARGUMENTACION: Producción de razones para justificar pretensiones es decir, en un discurso o mensaje, los razonamientos son el contenido principal
4.4. El paradigma como parte de la argumentación y como hermenéutica
REALISTA: concibe al derecho como un sistema en el que a pesar del papel que ocupan las normas, la mayor prepotencia se le da a las acciones frente a dichas normas y su interiorizacion.
AUTOPIETICO: Concibe al derecho como un sistema jurídico que permite su clausura mediante la regulación del entorno social.
IUSNATURALISTA: Concibe el derecho un sistema de normas dadas por las leyes de la naturaleza.
POSITIVISTA : Concibe al derecho como un sistema integrado por normas de caracter juridico las cuales adquieren validez siempre que sean logicamente coherentes.
4.3.2. Ejercicio del paradigma en el Derecho positivo, con base a la argumentación y la hermenéutica
POSITIVISTA: concibe al derecho como un sistema integrado por por normas de carácter jurídico
INTERPRETATIVO: concibe al derecho como un sistema que no puede hacer de su objeto la sociedad, un cuerpo general
4.4.2. Ejercicio del paradigma en el Derecho positivo, con base a la argumentación y la hermenéutica
se habla de paradigmas desde el punto de vista general cuando son concepciones compartidas por todo una comunidad de juristas
interpretativo el que concibe al derech como un sistema que no puede hacer de su objeto , la sociedad un cuerpo general .
4.4.1. Reflexión de la argumentación jurídica y la hermenéutica jurídica, dentro del paradigma jurídico.
BEUCHOT denomina a estas tres hermenéuticas posibles: unívoca, analógica y equívoca
La univocidad
con su demanda de una sola respuesta correcta derivada del texto,genera crisis permanentes al no permitir que datos fuera del discurso normativo,provenientes de la realidad,
la equivocidad
señala que cualquierinterpretación es posible dependiendo quién sea el intérprete y en qué contexto realizala interpretación. Una especie de todo se vale.
La atribución jerarquizada le permite al intérprete buscar un pequeño grupo de interpretaciones válidas que pueden ser organizadas en función de su coherencia y fortaleza posicionando a la más estudiada, fundamentada y rica como “analogado principal”
CITAS
http://ri.uaemex.mx/bitstream/handle/20.500.11799/103685/secme-15263_1.pdf?sequence=1&isAllowed=y
https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/24958/TFM_MEADH_Oswaldo_Zavala_2017.pdf?sequence=1&isAllowed=y
https://eprints.ucm.es/2231/1/T24475.pdf
ENRIQUE HIPOLITO CRUZ LDE 29
INTERPRETACION Y ARGUEMNTACION JURIDICA