Este testamento puede ser otorgado por personas que se encuentran en alta mar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sea de guerra o mercante. El testamento será escrito en la presencia de dos testigos, así como del capitán del navío, será leído, datado y firmado como se establece para el testamento público abierto, pero en todo caso, deberán firmar los dos testigos y el capitán.