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RESPONSABILIDAD POR DAÑOS AMBIENTALES LA SANCION PENAL O PENALIZACION DEL…
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS AMBIENTALES LA SANCION PENAL O PENALIZACION DEL DAÑO AMBIENTAL
Criminalización o penalización de los daños ambientales
imputable solo a seres humanos, sujeto racional
bienes recursos escasos
el medio ambiente tiene un deterior por intervención del hombre en todo el mundo puesto que no es regional. por ello una forma de penalización son los llamados delitos ecológicos o ambientales.
delitos de querella necesaria obligados a perseguirlos
Las instituciones científicas, ONGs y otros han alertado de los desastres naturales
¿como controlar la acción humana?
con un conjunto normativo obligatoriamente
conciencia ecológica o ética ambiental o conciencia ambiental
contribuir a revertir el desequilibrio reduciendo acciones que contaminan o dañen el medio ambiente
responsabilidad social resueltos a través de del derecho admi. la transacción y soluciones de mercado
Antecedentes de la penalización de los daños ambientales
convención para prevenir la contaminación del mar por derrame de petróleo
marcos de mas matriculados en cualquier territorio que depende del gobierno contratante
prohibido barcos que naveguen dentro de los limites y ensuciar el mar
conferencia sobre Protocolo de Montreal para la protección de la capa atmosférica de Ozono
convención de Guadalajara 1991 manifestación de preocupación ante el deterioro ecológico global
Conferencia mundial 1972 importancia de la proteccion del medio humano
Delito ambiental
es todo acto dañoso o inmoral que debe estar tipificado.
actividad negativa dejar de hacer lo que las normas penales obliga el deber de hacer
actividad positiva es hacer lo que esta prohibido