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Acto Juridico, LUIS DIEGO FRANCO NÚÑEZ
320010198 - Coggle Diagram
Acto Juridico
CARACTERÍSTICAS DE LAS NULIDADES,
SEGÚN BONNECASE
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B) Mientras no sea declarado nulo, el acto produce sus efectos como un acto regular.
C) No es de la naturaleza del acto nulo, que al declararse su nulidad todo se destruya con él
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES DE
LA INEXISTENCIA, NULIDAD ABSOLUTA O DE PLENO, DERECHO Y LA NULIDAD RELATIVA O ANULABILIDAD, EN LA TESIS FRANCESA O CLÁSICA DE LAS NULIDADES
a) Inexistencia.
Se considera así aquella conducta humana que es inexistente como acto
jurídico para el Derecho, cuando le falta un elemento esencial, en ausencia
b) Nulidad.
En el acto nulo, se dan los elementos de existencia pero de modo imperfecto
a1) La nulidad absoluta o de pleno derecho. Se origina con el nacimiento del acto cuando el mismo va en contra de una norma que integra el orden público
b1) La nulidad relativa o anulabilidad. Al igual que la absoluta, el acto nace viciado desde el nacimiento, pero produce plenamente sus efectos mismos que se anularán una vez que el juez declare la nulidad.
NULIDAD ABSOLUTA
El Código Civil de 1928 y, en consecuencia, el Código Civil para el Distrito Federal, en materia de nulidades se identifica con la Teoría de Bonnecase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2226.
Se origina por la ilicitud en el objeto, motivo o fin del acto, que la ley sanciona todos los actos que en algunos de sus caracteres lesionan el orden público o las buenas costumbres, por contrariar alguna norma imperativa o prohibitiva.
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