BASES LEGALES DE LA UMC
ARTÌCULO 2
La UMC es una Institución pública
Propicia la libertad de pensamiento
Su misión es
Formar
Perfeccionar
Actualizar
Busca la excelencia
Promueve el Estado de Derecho y Justicia
Considera la educación como un bien del dominio público
ARTÌCULO 11
ARTÌCULO 36
El Consejo Universitario es el máximo Órgano de Gobierno
Ejerce
La dirección
Control administrativo institucional
Control académico
ARTÌCULO 17
El Consejo Academico esta integrado por
Vocero estudiantil de cada Escuela
Vicerrectorado académico
Dirección de Órganos de gestión académica
Consejo Estudiantil
Representa
Forma de organización estudiantil
Destinada a
Velar por el bienestar del estudiante
Se rige por
Responsabilidad
Justicia
Igualdad social
Equidad
Corresponsabilidad
Solidaridad
Humildad
Cooperaciòn
Eficacia
Eficacia
ARTÌCULO 38
Atribuciones del Consejo Estudiantil
Gestionar decisiones de la Asamblea General de Estudiantes
Proponer actividades que promuevan valores positivos en la comunidad estudiantil
Respetar y hacer respetar los derechos de la comunidad estudiantil
Proponer estrategias para el mejoramiento de la Institución
ARTÌCULO 43
Presentar propuestas para el cronograma de actividades universitarias
Formular recomendaciones y denuncias a los responsables de los servicios estudiantiles
Coordinar presupuestos para la mejora de las condiciones del estudiantado
Motorizar iniciativas para solucionar problemas en la comunidad universitaria
Rendir cuentas semestrales a la Asamblea General estudiantil
Gestionar recursos aportados
Oficina de Atención Ciudadana
estarà conformada por
Área de difusión informativa
Área de reclamos
ARTÌCULO 69
Coordinación General de Planta Física y Equipamiento
Está adscrita al Vicerrectorado Administrativo
Será la encargada del apoyo logístico para los proyectos en la infraestructura de la Institución
ARTÌCULO 70
El coordinador de Planta Física y Equipamiento debe ser profesional de Ingeniería civil
Será libremente nombrado y removido por el Rector(a) a propuesta del Vicerrector(a) Administrativo(a)
ARTÌCULO 74
Atribuciones del Coordinador(a) General de Planificación y Presupuesto
Elaborar indicadores de rendimiento para el Consejo Universitario
Diseñar programación del presupuesto anual
Coordinar conforme a las regulaciones de la Administración del Sector Público
Proyectar las necesidades presupuestarias
Elaborar planes operativos
Elaborar el POA
Analizar políticas dictadas por el Órgano Rector
Cumplir con el POA
Controlar el uso eficiente de los recursos de la Institución
Coordinas las actividades establecidas en el POA
Elaborar el informe de gestión
Elaborar Memoria y Cuenta de la gestión anual de la UMC
ARTÌCULO 76
El Coordinador General de Asuntos Rectores debe ser profesional universitario
Será de libre nombramiento y remoción por parte del Rector(a)
ARTÌCULO 84
El Personal Académico debe cumplir con las actividades, funciones y deberes asignados
ARTÌCULO 100
El incumplimiento de los deberes estudiantiles será sancionado
ARTÌCULO 101
ARTÌCULO 104
Serán egresados de la Institución quienes hayan obtenido títulos o grados académicos otorgados por la UMC
La UMC asegurará el control de sus recursos por medio de Auditorias externas
ARTÌCULO 106
SERVICIOS DE LA UMC
Publicaciones e intercambio científico
Biblioteca, Archivo y Documentación
Informàtica
Apoyo a la actividad experimental
Mantenimiento
Cualquier otro que sea necesario