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ORGANIZACIONES SINDICALES/ CONSICIONES Y AMBIENTE DE TRABAJO
ORGANIZACIONES SINDICALES
Es una organización de trabajadores creada para defender y mejorar la condiciones de sus afiliados con respecto a salarios, pensiones y prestaciones.
Nadie podrá ser obligado ni constreñido directa o indirectamente a formar parte o no de un sindicato.
Los sindicatos tienen derecho a redactar sus propios estatutos y reglamentos y a elegir libremente a los integrantes de su junta directiva; a programar y organizar su administración y a establecer pautas para realizar su acción sindical.
Su función es:
Proteger y defender los intereses generales de sus asociados ante los organismos y autoridades públicas.
FUERO SINDICAL
Se puede decir que es la garantía que la Ley otorga a los trabajadores que intervengan en la legalización de un sindicato y a los miembros de las juntas directivas sindicales, de no ser despedidos, trasladados o quitar las mejorías de las condiciones de trabajo sin causa notificada previamente por el inspector.
EFECTOS
Tutela de la libertad Sindical
Amparo frente al despido arbitrario de determinados dirigentes
Protección del Fuero Sindical
Traslados o persecuciones por razón de la actividad Sindical
CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO
Se encuentra reconocida en la legislación laboral desde la derogada Ley del Trabajo en el año 1936.y esta constituida como norma obligatoria para todos los Estados que lo refrendaron.
NATURALEZA JURIDICA
El convenio colectivo es de aquellos de naturaleza mixta, ya que no es un contrato ni tampoco una Ley, es decir es un acto-unión de acuerdo voluntario que requiere de una regla, norma de una actividad.
TRABAJADORES BENEFICIADOS
Según Art. 446 por una convención colectiva celebrada por el sindicato y que no pertenezcan a otra organización sindical, se les descontará el monto de la cuota extraordinaria establecida para miembros, por concepto de solidaridad y por motivo de los beneficios obtenidos en dicha convención colectiva.
EXCEPTUADOS
Las sumas recaudadas las entregará el patrono a los representantes autorizados del sindicato tan pronto haya hecho la recaudación.
EFECTOS
Contiene efectos jurídicos obligantes y pasa a formar parte de los contratos individuales de trabajo.
Se deja a salvo la posibilidad de excluir de su ámbito de aplicación a los trabajadores.
LAS CONDICIONES Y AMBIENTE DEL TRABAJO
CONDICIONES
Se entiende como condiciones de trabajo cualquier aspecto del trabajo con posibles consecuencias negativas para la salud de los trabajadores, incluidos los aspectos ambientales, tecnológicos.
AMBIENTE DEL TRABAJO
El ambiente de trabajo, traducido al ámbito empresarial, es el conjunto de factores que influyen sobre el bienestar físico y mental de los trabajadores. Supone la suma del conjunto de factores técnicos y sociales que participan en el proceso del trabajo e influyen en el bienestar laboral del trabajador.
OBLIGACIONES DEL PATRONO
Construir
registrar y mantener en funcionamiento el Comité de Seguridad y Salud Laboral
Otorgar licencia remunerada a los delegados de prevención para el ejercicio de sus funciones
Llevar un registro sobre las características fundamentales de los puestos de trabajo o la remodelación de los mismos.
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
Realizar el trabajo de forma diligente
Cumplir el horario laboral
Seguir las instrucciones del empleador
Seguir las instrucciones del empleador
Abstenerse de realizar actividades de competencia con el empleado
Guardar el secreto profesional y empresarial
Velar por los intereses del empleador