:check: Si no se genera ningún tipo de movimiento para un determinado mes, no se tendrá la obligación de presentar el anexo, sin embargo, consideramos que es mejor presentar el ATS en cero, ya que si no se lo presenta el ATS, debe enviarse al SRI una justificación de las razones por las que no se presentó.
:check: La información se entrega en medio magnético, a través de un archivo comprimido en formato ZIP cuando se lo realiza en el programa DIM.
:check: La información de comprobantes de retención electrónicos, no debe reportarse en el módulo de compras del ATS a partir de enero de 2018, siempre que cumpla lo dispuesto en la ficha técnica «versión ATS» de comprobantes electrónicos.
:check: Las retenciones emitidas en comprobantes preimpresos o autoimpresos deben ser reportadas en
el módulo de ventas del ATS, siempre que dichas retenciones no hayan sido registradas en la factura electrónica.