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LIBRO 4 DE LAS OBLIGACIONES - Coggle Diagram
LIBRO 4 DE LAS OBLIGACIONES
TITULO 1 FUENTE DE LAS OBLIGACIONES :
CONTRATOS Convenio que se establece entre dos personas, si transfiere derechos u obligaciones se le llamam contrato
DE LA CAPACIDAD: no puede ser invocada por la otra en provecho propio
REPRESENTACION: El que sea habil para contratar, ninguno puede contratar a nombre de otro a menos de ser su representante legal
DEL CONSENTIMIENTO: Expreso o tácito, queda ligada hasta la expiración del plazo, a la muerte del proponente los herederos están obligados a seguir con este,
VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: No es valido si ha sido arrancado por violencia o dolo, si ambas personas actuaron con dolo no puede pedirse la nulidad,
DEL OBJETO Y DEL MOTIVO O FIN DE LOS CONTRATOS:La cosa que el obligado debe dar, existir en la naturaleza, en especie estar en comercio, debe ser posible o licito
FORMA: Al momento de ser firmado debe ser con notario publico si las personas ya sea que no sepa leer o escribir o sea ciega
DIVISION DE LOS CONTRATOS Es unilateral cuando solo una de estas es obliga y bilateral si las dos estan obligadas , onoroso aquel que estipula provechos y gratuito aquel que el provecho es para solo una de estas.
CLAUSULAS QUE PUEDEN CONTENER LOS CONTRATOS: Las que se crean convenientes, de prestaciones como pena, la nulidad por clausula penal, la cual no puede exceder el valor de la obligación principal
INTERPRETACION: Claros y no dejen duda, el uso o la costumbre del país se tendrá en cuenta
DISPOSICIONES FINALES: No estan especialmente reglamentados, las disposiciones legales seran aplicables a todos los convenios.
DE LA DECLARACION UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
OFRECER UN PRECIO PUBLICO OBLIGA AL DUEÑO A SOSTENERLO
SI SE ANUNCIA UNA PRESTACION O SERVICIO ESTAS OBLIGADO A CUMPLIRLO
AL EJECUTAR UN SERVICIO ANUNCIADO PUEDE EXIJIR EL PAGO O RECOMPENSA OFRECIDA
PUEDE REVOCARSE LA OFERTA SIEMPRE Y CUANDO SEA EN LA MISMA PUBLICACION
NO PODRA REVOCARSE EL PLAZO EN CASO DE HABERSE FIJADO UNO
SI EL ACTO FUERE EJECUTADO POR MAS DE UNA PERSONA PODRA EXIGIR RECOMPENSA EL QUE PRIMERO EJECUTE LA OBRA, SI FUE POR VARIAS PERSONAS A LA VEZ SE REPARTIRA LA RECOMPENSA.
LA PROPIEDAD DE CARACTER CIVIL PUEDE TRANSFERIRSE POR SIMPLE ENDOSO
TODOS LOS QUE ENDOSEN EL DOCUMENTO QUEDAN OBLIGADOS
EL DEUDOR ESTA OBLIGADO A PAGAR A CUALQUIERA QUE LE PRESENTE EL DOCUMENTO
CAPITULO III DEL ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO
EL QUE SIN CAUSA SE ENRIQUECE EN DETERMINIO DE OTRO ESTA OBLIGADO A INDEMNIZARLO
SI RECIBE ALGUNA COSA QUE NO TENIA DERECHO DE EXIGIR, SI LO INDEBIDO CONSISTE EN UNA PRESTACION CUMPLIDA
EL QUE ACEPTE UN PAGO INDEBIDO
EL QUE RECIBIO LA COSA CON MALA FE PODRA EL DUEÑO REIVINDICARLA Y COBRAR EL DAÑO
EL QUE DE BUENA FE HUBIERA ACEPTADO UN PAGO INDEBIDO
EL QUE DE BUENA FE HUBIERA ACEPTADO UN PAGO INDEBIDO
QUEDA LIBRE DE RESTITUIR EL PAGO EL QUE CREYENDO DE BUENA FE QUE SE HACIA POR CUENTA DE UN CREDITO LEGITIMO
EL QUE HA PAGADO PARA CUMPLIR UNA DEUDA PRESCRITA
TITULO 3 DE LA TRANSMICION DE LAS OBLIGACIONES
DE LA CESION DE DERECHOS: cuando el acreedor transfiere a los que tengan contra su deudor
EL ACREEDOR PUEDE CEDER SU DERECHO A TERCEROS SIN CONSENTIMIENTO DEL DEUDOR
EN LA SECION DE CREDITO ESTARAN LAS DISPOSICIONES AL ACTO JURIDICO
LOS INTERESES VENCIDOS FUERON CEDIDOS CON EL CREDITO PRINCIPAL
PUEDE HACERSE POR ESCRITO PRIVADO LA CESION DE CREDITOS CIVILES QUE NO SEAN A LA ORDEN DEL PORTADOR.
SOLO TIENE DERECHO A HACER LA NOTIFICACION EL ACREEDOR QUE PRESENTE EL TITULO JUSTIFICATIVO.
MIENTRAS NO SE HAYA ECHO NOTIFICACION AL DEUDOR ESTE SE LIBERA PAGANDO AL ACREEDOR PRIMITIVO
CON EXCEPCION DE LOS TITULOS ALA ORDEN EL SOLVENTE NO ESTA OBLIGADO A GARANTIZAR LA SOLVENCIA DEL DEUDOR.
TITULO V EXTINCION DE LAS OBLIGACIONES
DE LA COMPENSACION
DEUDOR Y ACREDOR POR SU PROPIO DERECGO
NO PROCEDE SI NO CUANDO AMBAS DEUDAS CONSISTEN EN UNA CANTIDAD DE DINERO
SE REQUIERE QUE LAS DEUDAS SEAN TOTALMENTE LIQUIDADAS
DEUDA LIQUIDA QUE PUEDA DETERMINARSE DENTRO DEL PLAZO DE NUEVE DIAS
EXIGIBLE DEUDA CUYO PAGO NO PUEDA REHUSARSE CONFORME A DERECHO
SI LAS DEUDAS NO FUEREN DE IGUAL CANTIDAD
NO TENDRA LUGAR SI
UNA DE LAS PARTES HUBIERA RENUNCIADO
UNA DE LAS DEUDAS TOMA SU ORIGEN DE FALLO CONDENATORIO
UNA DE LAS DEUDAS FUERA POR ALIMENTO
TOMA SU ORIGEN DE UNA RENTA VITALICIA
UNA DE LAS DEUDAS PROCEDA SE SALARIO MINIMO
FUERA DE COSA QUE NO PUEDE SER COMPENSADA
FUERA DE COSA PUESTA EN DEPOSITO
DE LA CONFUSION DE DERECHO
CUANDO LAS CALIDADES DE ACREEDOR Y DE DEUDOR SE REU NEN EN UNA MISMA PERSONA
SOLO PRODUCE SUS EFECTOS EN LA PARTE PROPORCIONAL DE SU CREDITO O DEUDA
MIENTRAS SE HACE LA PARTICION DE UNA HERENCIA
DE LA REMISION DE LA DEUDA
CUALQUIERA PUEDE RENUNCIAR SU DERECHO O REMITIR
HABIEN DO VARIOS FIADORES EL PERDON QUE FUERE CONCEDIDO SOLAMENTE A ALGUNO DE ELLOS
LA DEVOLUCION DE LA PRENDA EN PRESUNCION DE LA REMISION DEL DERECHO A LA MIKSMA PRENDA
LA CONDONACION DE LA DEUDA EXTINGUIRA LAS OBLIGACIONES ACCESORIAS
DE LA NOVACION
CUANDO LAS PARTES INTERESADAS LO ALTERAN
CONTRATO SUJETO A LAS DISPOSICIONES RESPECTIVAS
NUNCA SE PRESUME DEBE CONSTAR EXPRESAMENTE
AUN CUANDO LA OBLIGACION ANTERIOR ESTE SUBORDINADA
SI LA PRIMERA OBLIGACION ANTERIOR ESTE SUBORDINADA
SI LA PRIMERA OBLIGACION SE HUBIERE EXTINGUIDO
ES NULA SI LO FUERE TAMBIEN LA OBLIGACION PRIMITIVA
LA NOVACION EXTINGUE LA OBLIGACION PRINCIPAL.
EL ACREEDOR NO PUEDE RESERVARSE EL DERECHO DE PRENDA.