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Ley sobre Celebración de los Tratados - Coggle Diagram
Ley sobre Celebración de los Tratados
Conceptuación del término tratados en nuestra Constitución y en la Ley sobre Celebración de los Tratados
Artículos de la Constitución 76 f I, 89 f X, 133
Éstos hablan de los tratados internacionales y convenciones diplomáticas
En el artículo 64 se expresa que "Para aprobar los tratados y convenios diplomáticos que celebre el Ejecutivo"..
Según Zarco los términos trata de convención tienen significado diverso pero no tienen un fundamento
Tales convenciones y tratados y la práctica a la que aludía era abusiva por lo que su propuesta evitaba tales abusos
Práctica mexicana
Existen trazos de uniformidad
Y numerables acuerdos internacionales en los que se utilizan distintas denominaciones
A pesar de que se refieren a la misma materia
Convenciones comerciales: Canadá, Bulgaria, Checoslovaquia, india y la desaparecida Unión Soviética
Acuerdos comerciales
: Bélgica, Estados Unidos de América, Francia, Japón y Suiza
Convenio regido por el derecho internacional público, celebrado por escrito entre cualquier dependencia organismo descentralizado de la administración pública federal, estatal o municipal y uno o varios organismos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales
Tratados comerciales
: Costa Rica, El Salvador, Grecia, Israel y la República Dominicana
Tratado: saber que cualquier instrumento internacional, las cuales requieren, para estar de acuerdo con la Constitución del ser elaborados por el presidente con la previa aprobación del Senado
Fundamento constitucional para legislar en materia de tratados y acuerdos interinstitucionales
CPEUM artículo 73 fracción I
Facultad del Senado conocer y aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas
Artículo 89 faculta al Presidente para dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado
Artículo 133 la carta magna establece que todos los tratados que estén de acuerdo con la Constitución celebrados y que se celebren por el presidente con aprobación del Senado serán la ley suprema de toda unión
El artículo 73 fracción XXX la competencia del congreso de La Unión: expedir todas las leyes que sean necesarias a efecto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras coincidencias por esta constitución a los poderes de La Unión
Régimen aplicable a los acuerdos interinstitucionales
Pueden establecer mecanismos internacionales para la solución de controversias
Se establece la ley sobre celebración de tratados
1.- En el ámbito material de acuerdos interinstitucionales deberá circunscribirse a las atribuciones propias de las dependencias y organismos descentralizados de los niveles de gobierno mencionados
2.- las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal o municipal o estatal deberán mantener informada a la Secretaría de Relaciones Exteriores de cualquier acuerdo que pretendan celebrar
Establece a diferencia de los tratados que los acuerdos interinstitucionales deban publicarse en el DOF
Los tratados tienen una denominación distinta por lo que requieren un acto de incorporación al sistema jurídico interno
Este acto de incorporación es la aprobación del Senado y la publicación en el Diario Oficial
La ley sobre celebración de tratados artículo 80 establece que a través de los acuerdos interinstitucionales se podrán aceptar mecanismos de solución de controversias en las que sean parte de personas físicas o morales
Introducción
Haz enero de 1992 se publicó en el diario oficial de la Federación la ley sobre la celebración de los tratados