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Comisiones De los Derechos Humanos, CONCLUSIÓN - Coggle Diagram
Comisiones De los Derechos Humanos
COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CNDH)
creación en 1990
extensa red de cooperación y colaboración con:
Organismos internacionales, instituciones nacionales de promoción y defensa de los
derechos humanos
Oficinas de Ombudsman en el mundo, así como con organizaciones no
gubernamentales internacionales en la materia.
Nacionales
Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos.
Internacionales
Instituto Interamericano de Derechos Humanos
Federación Iberomericana del Ombudsman
Organización de las Naciones Unidas
Organización de los Estados Americanos
Centro de Información de Naciones Unidas
Derechos Human Rights
Derechos Humanos en América Latina
Centro de Derechos Humanos de Nuremberg
La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM)
creación en el 30 de
septiembre de 1993.
fundamento en el Artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consagró en la Ley Suprema de nuestro país la institución del Defensor del Pueblo.
es la institución encargadasobre quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos cometidas por cualquier autoridad o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en la administración pública de la Ciudad de México o en los órganos de procuración y de impartición de justicia que ejerzan jurisdicción local en la Ciudad de México.
Defensora (or) del
Pueblo
es designado por el Congreso de la Ciudad de México y su actuación al frente de la Comisión es autónoma,
atribuciones de la CDHCM (artículo 17 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos
de la Ciudad de México):
Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos.
Recibir quejas de presuntas violaciones a derechos humanos.
Por actos u omisiones de índole administrativo de los servidores públicos o de las autoridades de carácter local de la Ciudad de México, a que se refiere el artículo 3ro. de esta Ley.
Cuando los particulares o algún agente social cometa ilícitos con la tolerancia o anuencia de algún servidor público o autoridad local de la Ciudad de México, o bien cuando estos últimos se nieguen infundadamente a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación a dichos ilícitos, particularmente tratándose de conductas que afecten la integridad física de las personas.
Formular propuestas conciliatorias entre el quejoso y las autoridades o servidores públicos presuntos responsables, para la inmediata solución del conflicto planteado cuando la naturaleza del caso lo permita.
Formular Recomendaciones públicas autónomas, no vinculatorias y denuncias y quejas ante las autoridades respectivas.
Impulsar la observancia de los derechos humanos en la Ciudad de México
Promover el estudio, la enseñanza y la divulgación de los derechos humanos en su ámbito territorial.
Expedir su Reglamento Interno.
Estas atribuciones se entienden sin perjuicio de las que en la materia correspondan también a
la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH),
Público que atiende la CDHCM
Puede acudir cualquier persona que considere que a ella o a un tercero le ha sido violado alguno de sus derechos humanos
, independientemente de su condición social, nacionalidad, raza, religión, sexo, edad, estado civil, etcétera.
Todos los servicios son
gratuitos. Atiende todos los días del año, las 24 horas del día.
Los datos proporcionados por las y los peticionarios se manejan de manera estrictamente confidencial y este mismo criterio se aplica en la tramitación de los expedientes.
El ámbito de competencia de la CDHCM
está definido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y ley interna. Está excluida de conocer cuestiones jurisdiccionales de fondo, así como.
Todos los demás actos u omisiones procedimentales diferentes a los señalados en las fracciones anteriores serán considerados con el carácter de administrativos y, en consecuencia, susceptibles de ser reclamados ante CDHCM.
Actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales,
Resoluciones de carácter jurisdiccional;
Resoluciones de carácter jurisdiccional;
Para los efectos de esta Ley, se entiende por resoluciones de carácter jurisdiccional:
Las sentencias o laudos definitivos que concluyan la instancia.
Las sentencias interlocutorias que se emitan durante el proceso;
En materia administrativa, los análogos a los señalados en las fracciones anteriores.
CONCLUSIÓN
Al abordar los temas vistos, nos damos cuenta que existen derechos para todo tipo de situación y época, y no solo eso, también podemos notar que existen organizaciones encargadas de hace valer a toda persona o sociedad con estos derechos, también existen programas y canales de apoyo en los cuales defienden cualquier, accesibles y seguros para poder ejercer cada uno de nuestros derechos humanos