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CAPITULO N°2
sadas
PRINCIPIOS Y NORMAS GENRALMENTE ACEPTADOS
La acción de los organismos profesionales y oficiales, de la doctrina y, en ciertos casos, de la jurisprudencia, han contribuido a la formación de reglas que los contadores aceptan y utilizan en la contabilización de operaciones, que afectan al patrimonio de los “entes”.
A continuación se enumeran las normas particulares consideradas como generalmente aceptadas, dejándose constancia que ello no impide la incorporación futura de nuevas normas a medida que su acepción se generalice.
I. ACTIVOS AFECTADOS A OPERACIONES DEL OBJETO ORDINARIO DEL NEGOCIO
1.- DINERO EFECTIVO Y OTROS BIENES ASIMILABLES
A continuación se enumeran las normas particulares consideradas como generalmente aceptadas, dejándose constancia que ello no impide la incorporación futura de nuevas normas a medida que su acepción han salido del poder de la empresa a dicha fecha.
2.- DERECHOS CREDITICIOS CONTRA TERCEROS
Estas cuentas representan importes a cobrar a favor de la empresa como consecuencia de operaciones que hacen a su objeto ordinario. Salvo situaciones de carácter especial, no deberán compensarse saldos deudores con saldos acreedores.
2.a. Previsiones para quebrantos de deudores.
Los importes a cobrar de deudores que no sean considerados realizables deberán constituir
una cifra de previsión para quebrantos.
2.b. Previsiones para descuentos y bonificaciones.
Cuando es norma de la empresa conceder descuentos y/o bonificaciones corresponde determinar su importe de acuerdo a la experiencia.
3.- BIENES DE INTERCAMBIO ORDINARIO O HABITUAL
Se establece que estos bienes deben valuarse a la fecha del balance a su valor del costo. Si el
valor de la plaza es inferior en dicha fecha, deben reducirse a ese valor, salvo las variaciones de precio accidentales y de poco monto.
DETERMINACION DE COSTO
El método empleado para determinar el valor de costo debería aplicarse uniformemente de período a período, sin referencia a los resultados del ejercicio, y debe conformarse razonablemente con prácticas establecidas dentro del mismo tipo de comercio o industria
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4.- BIENES PARA EL USO DE LA EXPLOTACION O ENTE
Este rubro incluye el conjunto de bienes tangibles, aplicados exclusivamente a la explotación de
la empresa, de permanencia relativamente constante o inmovilizada. Integran tal rubro bienes como los siguientes:
a) Bienes no sujetos a depreciación ni agotamiento, como ser terrenos para la explotación industrial o comercial.
b) Bienes sujetos a depreciación, como ser edificios, maquinarias, y equipos, herramientas,
muebles, etc.
Los bienes indicados en el inciso b) no se consumen ni se transforman, se usan, y su incidencia en el resultado de la empresa se produce a través de la depreciación, quebranto que está relacionado con el desgaste o desuso
c) Bienes sujetos a agotamiento, como ser minas, yacimientos petrolíferos, canteras y bosques.
Los Elementos indicados en los incisos b) y c) están expuestos, por su naturaleza, a la pérdida de su valor por las causa mencionadas.
En cuanto a la capitalización de intereses abonados a terceros se permitirá con estas condiciones:
a. Afectación comprobada del dinero proveniente del préstamo a la adquisición de un bien.
b. Limitación de los intereses capitalizables a aquellos que corresponden al período entre el día de la obtención del préstamo y aquél en que el bien adquirido empieza a ser utilizado económicamente por el propietario.
c) Cuando a la fecha del balance aún no se haya elevado a escritura pública la transferencia del dominio de algún inmueble, el mismo será objeto de una nota aclaratoria o figurará en una cuenta específica.
TERRENOS
Deberá distinguirse contablemente la existencia de los terrenos ocupados por la empresa para
su negocio, de los terrenos que se poseen con el propósito de venta. Estos deberán incluirse como Inversiones.
EDIFICIOS
Los edificios que se adquieran terminados figurarán por su precio de costo más los gastos inherentes a la compra: comisiones, escrituración, honorarios, etcétera.
En el caso de construcciones de edificios deberán tenerse presente situaciones como las siguientes:
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MAQUINARIAS, EQUIPOS E INSTALACIONES
El costo de maquinarias y equipos que se imputa al activo, debe incluir, además del costo de
adquisición, el costo de instalación es decir, mano de obra, etcétera.
Cuando interviniere en tales
trabajos personal de la empresa deberán capitalizarse todos los gastos inherentes a la obra, incluso seguros, impuestos, indemnizaciones por accidentes, etcétera.
5.- ACTIVOS INTANGIBLES
Los activos intangibles comprenden derechos y otros bienes inmateriales tales como los que tienen un plazo de existencia limitada por ley o por contrato y aquellos que no tienen una duración de existencia conocida al momento de su adquisición, deben figurar por su precio de costo.
La valuación de los distintos activos que integran el rubro intangibles se realizará de la siguiente
manera:
MARCAS
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FORMULAS
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LLAVE
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PATENTES
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PROPIEDAD LITERARIA Y REPRODUCCION (DERECHO DE AUTOR)
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CONCESIONES Y FRANQUISIAS
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6.- GASTOS ADELANTADOS Y CARGOS DIFERIDOS
Los gastos adelantados y cargos diferidos representan costos que han de incidir en ejercicios futuros. La distribución de estos costos a ejercicios futuros en sumas iguales es quizás, en la práctica, el método más común, aunque también suelen utilizarse procedimientos basados por
ejemplo en la cantidad de unidades producidas o vendidas en un tiempo dado.
Cuando no puedan ser relacionados con períodos de tiempo determinados o con unidades producidas o vendidas, es común no diferirlos o sea, tomarlos como un cargo en el ejercicio en que ocurran, aunque la práctica contable admite también su diferimiento en cuotas de igual monto
siempre que se efectué en el menor tiempo que razonablemente sea posible dadas las circunstancias
II. ACTIVOS AFECTADOS A OPERACIONES AL MARGEN DEL OBJETO ORDINARIO DEL NEGOCIO
Este rubro comprende la colocación de capital en todo tipo de bien, al margen del negocio habitual de
la empresa ya sea con carácter estable o transitorio.
Específicamente, la valuación de algunos de los principales activos incluidos bajo este rubro se realizará de la siguiente manera:
A) VALORES MOBILIARIOS CON COTIZACION
En general y salvo situaciones específicas de notorio conocimiento se establece que estos valores
deben valuarse a la fecha de balance al valor que resulte más bajo entre precio de costo o valor de plaza
B) VALORES MOBILIARIOS SIN COTIZACION
Estos valores figurarán por su costo, el que deberá ser disminuido cuando la baja producida sea de
importancia, tenga carácter estable y haya sido fehacientemente determinada, sino fuera posible utilizar el costo como fuente de valuación, éste se determinará en base a un estudio de los balances
de las sociedades a que correspondan esos valores.
C) CUOTAS DEL CAPITAL
El valor de estas participaciones será el correspondiente al aporte realmente entregado y no sufrirá
otras variaciones que las que resulten de movimientos de capital realizados por otra entidad.
D) SEGUROS DE VIDA
Se consideran una inversión fija el valor de rescate de los seguros de vida de los dueños, gerentes,
técnicos especializados, socios u otras personas constituidos a favor de la empresa.
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III. DERECHOS DE TERCEROS Y PROPIOS SOBRE EL ACTIVO
1. DERECHOS CREDITICIOS A TERCEROS
Este rubro incluye todas aquellas cuentas que representan obligaciones ciertas de la empresa
hacia terceros.
2.- DERECHOS DE TERCEROS EN EXPETATIVA O INDETERMINADOS
Este rubro incluye las estimaciones que se efectúen a la fecha del balance general, con cargos a la cuenta de resultados, por pasivos cuyo monto es incierto así, por ejemplo incluirá las previsiones por juicios pendientes para indemnizaciones pagaderas al personal o a sus familiares en caso de despido o muerte, por accidente del trabajo, etc.
3.- INGRESOS O UTILIDADES DIFERIDOS
Este rubro incluye aquellas cuentas que representen beneficios que serán liquidados en ejercicios siguientes a la fecha del balance general.
4.- CAPITAL RESERVAS Y RESULTADOS
4.a. CAPITAL Y RESERVAS
El rubro “Capital”, sumado al de “Reservas” y “Resultados” y disminuido por los importes
pendientes de integración expresa la participación de los dueños en la empresa, representada por el exceso de su activo sobre su pasivo, proveniente de los bienes aportados
por los propietarios más las ganancias no distribuidas y menos las pérdidas acumuladas en la explotación
4.b RESULTADOS
Las cuentas deberán estar dispuestas de tal forma que permitan determinar los resultados brutos de la explotación, los resultados netos de sus negocios habituales y las partidas de naturaleza extraordinaria.
Los resultados brutos de explotación resultan de mostrar:
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GASTOS DE VENTA
Incluye los gastos directamente vinculados con la gestión de la venta; promoción, distribución gravámenes, etc.
GASTOS FINANCIEROS
Comprende los gastos vinculados con la obtención de capitales complementarios para
la gestión de la empresa.
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN
Incluye todos los gastos que no corresponden directamente a la financiación o a la gestión de ventas.
Las partidas de naturaleza extraordinaria comprenden las operaciones realizadas durante el ejercicio sin responder al giro habitual.
IV. EVENTUALIDADES O CONTINGENCIAS
Las eventualidades o contingencias que pueden afectar el patrimonio de la empresa, o sea aquellas
cuyo valor sujeto al cumplimiento de una condición o eventualidad, pueden expresarse en cuentas de orden o mediante notas, ya sea al pie de los estados contables o en planilla aparte.
DESICION N°1
El consejo Técnico de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Economistas de Bolivia.
CONSIDERANDO
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RESUELVE
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SANCIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
DEL COLEGIO DE AUDITORES DE BOLIVIA
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