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Las funciones consulares en particular V - Coggle Diagram
Las funciones consulares en particular V
Función notarial
Ejercen funciones notariales mientras no se oponga el derecho del Estado receptor
Reconocida por el convenio de Viena en el artículo 5.
f
Actuar en calidad de notario [...], siempre que no se pongan las leyes y reglamentos del Estado receptor;
Realizadas por delegación judicial
Subastas
Inventarios en materia civil o mercantil
Colocación y remoción de precintos
Puede extender instrumentos:
Escrituras de un negocio jurídico
Actas por las que se deja constancia de hechos o declaraciones
Testimonios relativos a documentos
Puede dar fe a través de instrumentos públicos siempre que los mismos vayan a producir sus efectos en el estado ambiente
Relaciones
inter vivos
Otorga poderes
ad lite
o
ad negotia
para litigio o negocio
Recoger en escritura pública la estipulación de contratos
las partes sean nacionales del Estado en viente
Recibir las actas a favor de menores, para autorizarles el ejercicio del comercio
Recibir las actas de notoriedad en materia civil y mercantil
Expedir copias auténticas de documentos
Legalizar documentos
Relaciones
mortis causa
Recibir el depósito testamentos ológafos y los cerrados
Recibir declaraciones de aceptación de la herencia a beneficio de intermediario
Recibir el otorgamiento de testamentos abiertos
Recibir declaraciones de repudio de la herencia
La funciones de carácter procesal
Notificación de actos judiciales
Notificación: acto formal procesal de comunicación
Puede ser escrita, citada, emplazamiento o requerimiento
Objeto: poner en conocimiento de la persona quien va dirigida una determinada resolución judicial
Contenido: puede ser un acto del juez o un acto de parte
Destinatarios: las partes y aquellas otras personas que puedan resultar afectadas por los actos
Hay dos sistemas reguladores de las formalidades el sistema tradicional y el nuevo
Tradicional
: la figura del funcionario consular aparece como en medio ordinario y para la tramitación de las notificaciones judiciales
Los estados pueden acudir a otros medios por ejemplo, que el funcionario consular haga directamente las notificaciones que se solicita
Nacionalidad
Personas de cualquiera
Que se encuentren en el extranjero
Nacionales del Estado requirente, requerido o de terceros
Convenio de La Haya de 1965
Sistema con la autoridad central que cada Estado ha de designar
Dice que hay la posibilidad de que los estados parte puedan notificar a notificar directamente sin tener acuerdo y sin que el estado de residencia puedan ponerse
Comisiones rogatorias
Objeto: diligencias probatorias u obtención de pruebas
Por comisión rogatoria se solicite oír a un testigo, reconocer un lugar, practicar una prueba pericial o documental y en general cualquier otro acto
Régimen de las comisiones rogatorias está regulado por los convenios de la haya
Tramitación
: a través del funcionario consular del Estado requiriente, quien remitirá la comisión rogatoria de la autoridad designada y de este recibirá el documento acreditativo de su ejecución o del hecho que la haya impedido para enviarlo al Estado requiriente
La autoridad a la que se dirige la comisión rogatoria está obligada a complementarla empleando los medios de compulsión reconocidas
El establecimiento de este régimen común guardián Ariel no excluye el reconocimiento de otras
La denegación de cumplimiento sólo es posible si no está comprobada la autenticidad del documento o si el diligenciamiento de las mismas no entran las atribuciones del poder judicial
Razón de ser: se den las garantías a sus connacionales
Convenio de Viena 1963 art. 5.
j
Comunicar decisiones judiciales y extrajudiciales y diligenciar comisiones rogatorias de conformidad con los acuerdos internacionales en vigor y, a falta de los mismos de manera que sea compatible con las leyes y reglamentos del Estado receptor
Las funciones de conciliación y arbitraje
Conciliación
Puede ejercerse respecto a cualquier clase de controversia
Se puede solicitar en cualquier momento con la finalidad en sí misma o previa a un juicio
Funcionario consular al que se le solicita a de llevarla a cabo sin que pueda declinar su ejercicio
Arbitraje
Es una función jurisdiccional por la que se dicta una resolución con valor de cosa juzgada
No cabe recurso de apelación alguno
Para que se puede ejercer es necesario que el derecho del Estado receptor no se oponga
El funcionario consular siempre que se den todos los requisitos exigidos no podrá rechazar su actuación