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Los conflictos de trabajo y la administración de justicia obrera., Por:…
Los conflictos de trabajo y la administración de justicia obrera.
Tipos de Conflicto (clasificación)
Entre Trabajadores y Patrones
Controversias Típicas
Factores de proceso productivo, trabajo y capital.
Despidos Injustificados
Cumplimiento de contracto colectivo
Entre Trabajadores y entre Patrones.
Entre sindicatos
Conflictos de naturaleza colectiva
Entre trabajadores y sindicatos
Conflictos entre agremiados por motivos de cláusulas de convenios u estatutos
Trabajadores de una misma empresa
-Cuestiones de Preferencia, Antigüedad y Ascensos.
Son las Diferencias que pueden suscitarse entre trabajadores y patrones, solo entre aquellos o sólo entre éstos, como consecuencia o con motivo del nacimiento, modificación o cumplimiento de las relaciones individuales o colectivas de trabajo.
Administración de Justicia
Jurisdicción de Trabajo
Normas competenciales establecidas en la Ley Federal del Trabajo así como atribuciones que asignan las Leyes orgánicas.
Competencia relativa a capacitación y adiestramiento
Higiene y seguridad
Por razón de materia (Apartado "A" fracción XXXI, del artículo 123 constitucional)
Por razón de territorio Artículo 700
Jurisdicción y conflictos de trabajo
Autoridades del trabajo
Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
Secretaria de Hacienda y Crédito Público (reparto de utilidades)
Secretaria de Educación Pública (escuelas artículo 123).
Autoridades de entidades federativas.
Dirección o Departamento del trabajo (entidades federativas),
Procuraduría de la Defensa del Trabajo (asesor, apoderado y conciliador de los trabajadores).
Servicio Nacional de Empleo (bolsa de trabajo gratuita en colocación de trabajadores.
La inspección de Trabajo
Dirección General de Capacitación y Productividad.
Comisiones Nacionales y Regionales de los Salarios Mínimos.
Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Juntas Federales y Locales de Conciliación.
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje.
Jurado de Responsabilidades (sanciones)
Huelga
Es el derecho fundamental de los trabajadores, constitutivo de la libertad sindical. Consiste básicamente en dejar de trabajar con el objetivo de conseguir ventajas laborales o sociales. Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
Etapas de la huelga
Periodo de prehuelga
Periodo de huelga estallida
Periodo de gestación
Procedencia de las Huelgas Art. 450
Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital.
Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el periodo de su vigencia.
Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley en las empresas y exigir su revisión al terminar el periodo de su vigencia.
Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que se hubiese violado.
Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades.
Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores.
Exigir la revisión de los salarios pactados en los contratos colectivos y contratos-ley.
Causales de Huelga
Cuando el patrón se niegue a formar la comisión del reparto.
Cuando no proporcione la declaración o carátula ni ponga a disposición de sus trabajadores los anexos correspondientes.
Cuando no haga el reparto en el término de ley.
Calificación de las huelgas
Una huelga es existente si reúne los requisitos de fondo, forma y mayoría.
Una huelga es inexistente si le faltaron los requisitos de fondo, forma o mayoría, o alguno de ellos.
Una huelga es ilícita si la mayoría de los huelguistas ejecutan actos violentos contra las personas o las propiedades, según nuestra ley, y en caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependen del gobierno.
Los patrones (Acciones y Recursos)
Suspensión Temporal de relaciones de Trabajo
Por enfermedad contagiosa del trabajador
Incapacidad por enfermedad general del trabajador
Por prisión preventiva del trabajador
Como medida disciplinaria
Terminación de relaciones de Trabajo
Mutuo consentimiento de las partes
Muerte del trabajador
La terminación de la obra por vencimiento del término o inversión del capital.
La incapacidad física o mental o la inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo.
Por: Victor Antonio Cotorra Navarro