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EJECUCIÓN DE SENTENCIA - Coggle Diagram
EJECUCIÓN DE SENTENCIA
Presupuestos
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Una instancia ejecutiva, es decir, presencia o exigencia de la actio adjudicati
Un patrimonio ejecutable, presencia o exigencia de bienes sobre los cuales deba caer la ejecución.
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Concepto
Conforma el acto de llevar a cabo lo dispuesto por un Juez o un tribunal en el fallo que resuelve una cuestión o litigio
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Hace que el mandato general contenido en la sentencia se cumpla, se materialice en el mundo de lo físico
Tipos de Ejecución
Ejecución forzosa
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Se da cuando el deudor o ejecutado está remiso a cumplir con la sentencia y se busca cumplir forzosamente
Para que exista deben de haberse cumplido los días que guarda el artículo 524 de ejecución voluntaria y que el deudor no haya cumplido con lo condenado
Ejecución Voluntaria
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Cuando exista una sentencia definitivamente firme el Tribunal fijará un lapso no menor a 3 días ni mayor a 10 días para ejecución voluntaria
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Embargo Ejecutivo
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Procedimiento
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Para practicar el Juez se trasladará al lugar donde se encuentre el bien a embargar y notificará al ejecutado y las personas alrededor
Declarará consumada la desposesión jurídica del ejecutado y entregará la
cosa por inventario al Depositario
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Concepto
Es la aprehensión de un bien, sea mueble o inmueble, que es puesto en manos de un depositario para su ulterior venta en remate con el objeto de satisfacer el pago de cantidad de dinero condenado en la sentencia
Deposito Judicial
Cuando se trate de cantidades de dinero embargadas y bienes sobre los cuales se lleve a cabo la ejecución
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Obligaciones
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Hacer los gastos necesarios para la conservación de la cosa,
No servirse de la cosa embargada sin el consentimiento expreso de las partes; ni arrendarla, ni darla
en préstamo; ni empeñarla; ni empeñar sus frutos sino con autorización expresa del Tribunal
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Los bienes una vez son embargados son depositados al deposito judicial que se confieren personas legalmente autorizadas para tal fin
Derechos
Percibir y vender los frutos de la cosa embargada, previa autorización del Tribunal.
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Cobrar y percibir las rentas, alquileres, pensiones de arrendamiento, sueldos y créditos embargados.