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LEY FEDERAL DEL TRABAJO, GONZALEZ CABAÑAS MARIA FERNANDA INGENIERIA…
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
ESTRUCTURA
Principios generales
Donde se explica el modo general de operar de la ley.
Articulo 685
Se rige bajo los principios de inmediación, inmediatez, continuidad, celeridad, veracidad, concentración, economía y sencillez procesal. Asimismo, será público, gratuito, predominantemente oral y conciliatorio.
Las relaciones individuales del trabajo
Donde se detallan dichas relaciones y se las explica al detalle. Posee cinco capítulos.
Articulo 20
La prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario
Condiciones de trabajo
Donde se regula el marco real y legal en que debe ocurrir el trabajo a grosso modo. Lo integran siete capítulos.
Articulo 25
Queda prohibido el trabajo de menores de dieciocho años dentro del círculo familiar en cualquier tipo de actividad que resulte peligrosa para su salud, su seguridad o su moralidad, o que afecte el ejercicio de sus derechos y, con ello, su desarrollo integral.
Derechos y obligaciones de los trabajadores y del patrono
Donde se explica detalladamente lo dicho, en apartados distintos y estructurados. Lo conforman seis capítulos.
Patrón
Obligaciones
Articulo 132
Prohibiciones
Articulo 133
Derechos
El derecho a clasificarlos puestos de trabajo requeridos
Actividades y responsabilidades detales puestos de trabajo
Número de trabajadores que necesitará para cumplir con los fines que guarda su actividad
La integración y funcionamiento de las comisiones mixtas
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Trabajador
Artículos:
61,62 y 63
Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado
87
Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
64 a 69
La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.
76 a 81
Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios
127
El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades.
123
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
Trabajo de las mujeres
Todo lo relativo al derecho laboral femenino. Posee un “bis” que regula el trabajo de los menores también
Artículos:
164
Mismos derechos y obligaciones que los hombres
165
Proteger la maternidad de la mujer
166
No poner en peligro la salud de la mujer (mas durante el periodo de lactancia) o del producto.
167
No sobrepasar las capacidades de la vida salud (física y mental) de la mujer o del producto.
170
A las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:
No hacer trabajos de esfuerzo físicos, tener descansos de 6 semanas antes y después del parto, durante el periodo de lactancia tendrán dos reposos por día, regresar al puesto que desempeñaban siempre y cuando no haya transcurrido un año de la fecha del parto, entre otros.
171
Los servicios de guardería infantil se prestara por el Instituto Mexicano del Seguro Social de conformidad con su ley y disposiciones reglamentarias
172
El patrón debe mantener a disposición de las madres trabajadoras un numero suficiente de asientos o sillas.
Trabajos especiales
Se detallan los casos no ordinarios de relación laboral. Lo integran diecisiete capítulos estipulando cada caso de trabajo especial particular.
Articulo 181
Los trabajos especiales se rigen por las normas de este Título y por las generales de esta Ley en cuanto no las contraríen.
Relaciones colectivas del trabajo
Se detalla el marco jurídico de las convenciones colectivas y contrataciones colectivas. Posee ocho capítulos.
Huelgas
Se consagra y define en dos capítulos distintos el derecho a huelga.
Artículo 442
La huelga puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos.
Artículo 443
La huelga debe limitarse al mero acto de la suspensión del trabajo.
Artículo 444
Huelga legalmente existente es la que satisface los requisitos y persigue los objetivos
señalados en el artículo 450.
Riesgos de trabajo
Lo relacionado a accidentes laborales.
Accidentes de trabajo
Pueden ocurrir en la empresa, comisión, horas extra o trayecto
Enfermedades profesionales
Estas son señaladas en el articulo 514 de la LFT.
Prescripción
La pérdida de los derechos laborales no ejercidos
Articulo 517
Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios y las acciones de los trabajadores para separarse del trabajo.
Autoridades del trabajo y servicios sociales
Formas oficiales de control y atención de la condición laboral. Posee trece capítulos.
Autoridades de trabajo
I al VI
Comisiones
VII y VIII
Autoridades jurisdiccionales
IX al XII
La aplicacion de las normas de trabajo corresponde a las autoridades federales cuando se trata de: Ramas industriales y Empresas
Articulo 527
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo
Articulo 530
Asesorar lo necesario y representarte gratuitamente en juicio además de proponer soluciones a los problemas de los trabajadores y empleadores por medio de la conciliación.
Servicio Nacional de Empleo
Articulo 537
1.- Generación de empleos
2.- Colocación de trabajadores
3.- Capacitación
4.- Habilidades laborales, etc.
Inspección de trabajo y seguridad social
Articulo 540
Es responsable del servicio publico de control y vigilancia del cumplimiento de las normas
Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
Articulo 551
Cumple con el acuerdo establecido en el articulo 94
Comisión Nacional para la Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas
Articulo 575
Determina el porcentaje correspondiente de utilidades para los trabajadores
Junta federal de conciliación y arbitraje
Articulo 604
Corresponden a los Tribunales del Poder Judicial de la Federación o de los Tribunales de las entidades federativas, el conocimiento y la resolución de los conflictos de Trabajo que se susciten entre trabajadores y patrones, sólo entre aquellos o sólo entre éstos, derivado de las relaciones de trabajo o de hechos relacionados con ellas.
Juntas locales de conciliación y arbitraje
Articulo 621
La diligencia de remate no puede suspenderse. El Tribunal resolverá de inmediato las cuestiones que planteen las partes interesadas.
Personal jurídico de las juntas de conciliación y arbitraje
Detalla la estructura legal de resolución de problemas laborales.
Articulo 626 al 630
El personal de las Juntas de Conciliación y Arbitraje se compondrá de actuarios, secretarios, funcionarios conciliadores, auxiliares, secretarios auxiliares, secretarios generales y Presidentes de Junta Especial.
Representantes de los trabajadores y de los patrones
Todo lo referente a la representación sindical y/o gremial en tres distintos capítulos.
Articulo 648
Los representantes de los trabajadores y de los patrones ante la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos serán elegidos en convenciones, que se organizarán y funcionarán cada cuatro años de conformidad con las disposiciones de este capítulo.
Derecho procesal del trabajo
Establece el marco procesal de las relaciones laborales en veinte capítulos. Es el más extenso del corpus.
Articulo 685
Se rige bajo los principios de inmediación, inmediatez, continuidad, celeridad, veracidad, concentración, economía y sencillez procesal. El juez deberá atender al principio de realidad sobre los elementos formales que lo contradigan
Procedimientos de ejecución
Estipula de qué manera deben llevarse a cabo los procedimientos de esta ley en tres distintos capítulos.
Disposiciones generales
Articulo 939
Las disposiciones de este Título rigen la ejecución de las sentencias dictadas por los Tribunales. Son también aplicables a los laudos arbitrales, a las resoluciones dictadas en los conflictos colectivos de naturaleza económica, y a los convenios celebrados ante los Centros de Conciliación.
Articulo 945
Los laudos deben cumplirse dentro de los 15 días siguientes al día en que surta efectos la notificación.
Procedimiento de embargo
Articulo 950
Transcurrido el término señalado en el artículo 945, el juez, a petición de la parte que obtuvo, dictará auto de requerimiento y embargo.
Articulo 953
Las diligencias de embargo no pueden suspenderse. El actuario resolverá las cuestiones que se susciten.
Articulo 946
La ejecución deberá despacharse para el cumplimiento de un derecho o el pago de cantidad líquida, expresamente señalados en la sentencia o convenio a ejecutar, entendiéndose por ésta, la cuantificada en éstas.
Remate
Articulo 967
Antes de aprobarse el remate o declararse la adjudicación, podrá la parte ejecutada liberar los bienes embargados, pagando de inmediato y en efectivo el importe de las cantidades fijadas en la sentencia y los gastos de ejecución. Después de fincarse el remate, la venta quedará irrevocable.
Articulo 972
La diligencia de remate no puede suspenderse. El Tribunal resolverá de inmediato las cuestiones que planteen las partes interesadas.
Responsabilidades y sanciones
Detalla lo dicho tanto para patronos como empleados.
Articulo 992
Las violaciones a las normas de trabajo cometidas por los patrones, directivos sindicales o por los trabajadores, se sancionarán de conformidad con las disposiciones de este Título, independientemente de la responsabilidad que les corresponda por el incumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de las sanciones previstas en otros ordenamientos legales y de las consecuencias jurídicas que procedan en materia de bienes y servicios concesionados.
Bibliografías
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https://es.slideshare.net/GilbeertoValencia/trabajos-de-la-mujer-ley-federal-del-trabajo
Hurtado, E. M. (2015, 23 noviembre). DERECHOS Y OBLIGACIONES DE TRABAJADORES Y PATRONES LFT. Academia.edu. Recuperado 6 de noviembre de 2021, de
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Camacho, J. M. E. M. (s. f.). PROCESO DE EJECUCIÃN. Prezi.Com. Recuperado 6 de noviembre de 2021, de
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Justia México | Ley Federal del Trabajo | TÍTULO DIECISÉIS | Ley de México. (s. f.). Justicia México. Recuperado 6 de noviembre de 2021, de
https://mexico.justia.com/federales/leyes/ley-federal-del-trabajo/titulo-dieciseis/
El cuerpo de esta ley se compone de 16 capítulos que describen cada una de las particularidades del trabajo en la República mexicana, y cuyos títulos temáticos son los siguientes:
GONZALEZ CABAÑAS MARIA FERNANDA
INGENIERIA INDUSTRIAL
LEGISLACION LABORAL
JAVIER CALDERON SANCHEZ
ACTIVIDAD #2
08/11/2021