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((“La nación tendrá en todo tiempo el derecho de impone; a la propiedad…
“La nación tendrá en todo tiempo el derecho de impone; a la propiedad privada las modalidades que dicte el
interés público, así como el de regular, en beneficio social el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de
apropiación para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y lograr el desarrollo equilibrado del país y el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana, para cuidar de su conservación“.
El Estado tiene una potestad soberana sobre su territorio, una propiedad originaria y tradicional, un derecho real
institucional o con mayor extensión un pleno derecho de propiedad definido y depurado por el derecho internacional, si
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También el Estado tiene el derecho de regular toda la propiedad, pública, social y privada, que otorga o concede a
los particulares. El particular sustituye al Estado en el ejercicio del derecho privado, pero conservando aquél un derecho
superior para regular el régimen de la propiedad corno una función social, inspirada siempre en el interés público.
Algunos autores denominan a este derecho supremo del Estado, un dominio eminente, en su acepción actual, que difiere
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En conclusión, el Estado tiene un derecho real de propiedad sobre su territorio regido por principios de derecho
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El Estado mexicano tiene por consiguiente un derecho de propiedad sobre su territorio, y de acuerdo con la
Constitución, esta propiedad es transmitida a los particulares, sujeta al régimen jurídico que ésta determina6.
Hemos indicado que el territorio es la porción de la corteza terrestre en la que se asientan los grupos humanos y
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Sobre el territorio de cada Estado corresponde el ámbito de vigencia de su orden jurídico y constituye el medio de
subsistencia de la población al mismo tiempo que se establecen relaciones patrimoniales entre los entes públicos y
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Diversas doctrinas se han formulado para explicar la naturaleza de este dominio que el Estado tiene sobre su
territorio, y son las siguientes:
- La doctrina de la propiedad o del dominio público que afirma que el Estado tiene un derecho real de
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- Doctrina de la soberanía territorial o imperium que afirma que la soberanía del Estado es lo que define la
naturaleza de esa relación y se ejerce directa mente sobre los habitantes y no propiamente sobre el territorio.
- Doctrina del dominio eminente que constituye un derecho real del derecho público o institucional, pero
no es un derecho de propiedad pleno pues se reduce a determinados actos de dominio útil o de disposición.
- La doctrina de Hans Kelsen afirma que el territorio es el ámbito espacial de validez del orden jurídico.
El territorio mexicano es regulado jurídicamente en la Constitución, artículos 27, 42 a 49, el cual le asigna
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De acuerdo con este precepto constitucional se reconoce la propiedad o dominio de la nación sobre su territorio.
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El precepto constitucional nos habla de que esa propiedad corresponde original mente a la nación, mas esta
entidad está representada por los diversos órganos que asumen la función política, o sea “la nación representada por el
gobierno federal’, si nos atenemos al texto del propio artículo 27. La nación debemos pues considerarla referida, no a un
concepto sociológico, sino a un concepto jurídico político como es la Federación, de acuerdo con las facultades
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La nación propietaria del territorio nacional tiene una importante facultad: ha tenido y tiene el derecho de
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Si analizamos los diversos preceptos que regulan la propiedad, veremos que el Estado reconoce la propiedad
privada al mismo tiempo que impone severas restricciones a su ejercicio, tal es, por vía de ejemplo, el párrafo tercero del
artículo 27 constitucional que ordena: “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las
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