Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
RECURSO CONTRA TRIBUTOS Y OTRAS CARGAS PUBLICAS, Univ. Elber Dilan Montes…
RECURSO CONTRA TRIBUTOS Y OTRAS CARGAS PUBLICAS
ANTECEDENTES
La CPE establece la obligación de los miembros de la sociedad de contribuir al bienestar social y al sostenimiento de los servicios públicos en proporción a su capacidad económica
ARTICULO 27
Establece las tres condiciones fundamentales de las cargas impositivas
La generalidad de los impuestos
La proporcionalidad de los impuesto
La igualdad de todos ante los impuestos y cargas
CONCEPTO
Garantía constitucional, que le faculta al sujeto pasivo de un impuesto
PROCEDENCIA
Articulo 68, parágrafo primero, de la ley 1836
El recurso procede contra toda disposición legal que cree, modifique o suprima un tributo o carga publica.
JURISDICCION Y COMPETENCIA
El recurso contra tributos y otras cargas publicas es conocido directamente por el tribunal constitucional.
PERSONERIA
Esta facultado para hacer uso de este recurso e sujeto pasivo del impuesto.
El recurso será planteado contra la autoridad que lo aplicara
PLAZO
No establece un plazo perentorio para hacer uso de este recurso, pudiendo el recurrente hacerlo librado a su criterio.
TRAMITE DEL RECURSO
Contestación
Corrido en traslado a la autoridad recurrida, en el plazo de 15 días posteriores a su citación.
Sentencia y efectos
La inaplicabilidad de la norma legal impugnada al caso concreto.
Podrá declarar la aplicabilidad de la norma legal impugnada en cuyo caso declarara
Admisión o rechazo
La comisión de admisión verificando el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos, admitirá o rechazara el recurso.
Conflictos de competencias y controversias
Antecedentes y base constitucional
Constitución de un gobierno dividido en poderes
Presentación
Ante el tribunal en forma escrita, cumpliendo las formalidades establecida por el Art. 30 de la ley 1836.
CONCEPTO
Facultad jurídica que tiene el tribunal constitucional para establecer la competencia legal y legitima de una entidad publica.
Inhibitoria
Declinatoria
PROCEDENCIA
Artículos 72 y 73 de la ley 1836
En los casos de que las solicitudes de inhibitoria o declinatoria, sean rechazadas por la autoridad considerada incompetente
JURISDICCION Y COMPETENCIA
Directamente el tribunal constitucional, aclarando que es obligación de remitir ante esta autoridad.
TRAMITE DEL RECURSO
Dictara sentencia dirimitoria en el plazo máximo de 15 días y remitirá obrados a la autoridad que haya declarado competente
PERSONERIA
Facultad para hacer uso del presente recurso, todas las personas naturales o jurídicas interesada dentro de un proceso.
Univ. Elber Dilan Montes Martínez