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CONTRATO DE FIANZA, CAPITULO III De los Efectos de la Fianza entre el…
CONTRATO DE FIANZA
CAPITULO I De la fianza en general
Es un contrato
Donde una persona
Se compromete con el acreedor
A pagar al deudor
Deberá constar por escrito
No puede existir sin una obligación válida.
Clases
Judicial
Convencional
Legal
A título oneroso
Gratuita
Personas que pueden constituirla
Deudor principal
El fiador
Puede otorgarse fianza en garantía de deudas futuras
Límite de la obligación del fiador
Puede obligarse a menos y no a más que el deudor principal.
Fianza en obligaciones de dar o hacer
Obliga al fiador a pagar una cantidad en dinero
si el deudor principal no presta un bien o un hecho
Responsabilidad de herederos del fiador se rige por el cumplimiento de las obligaciones mancomunadas o solidarias.
Requisitos del fiador
Persona que tenga bienes suficientes para responder
Jurisdicción del Juez
Fiador que cae en insolvencia
El acreedor pedirá otro que reúna
las cualidades exigidas anteriormente
Consecuencias de no dar o reemplazar fiador
Pago inmediato de la deuda
F. para garantizar administración
cesará ésta si no se da en el plazo convenido o señalado
Por el Juez
Por la Ley
Cartas
Dadas de mala fe
El que las suscriba será responsable del daño que sobreviniese
De recomendación
Asegure la probidad y solvencia de alguien
CAPITULO II
De los Efectos de la Fianza entre el Fiador y el Acreedor
Derecho del acreedor contra el fiador
Puede obligar al fiador a que haga la excusión en los bienes del deudor
Petición al plazo por el fiador
El Juez puede concederle
El conveniente
Excusión
El fiador no puede ser compelido a pagar al acreedor
Concepto
Es aplicar el valor libre de los bienes del deudor al pago de la obligación
Quedará extinguida o reducida a la parte que no se ha cubierto
Casos en que no opera
El deudor no pueda ser judicialmente demandado dentro del Estado de México;
El negocio para el que se prestó la fianza sea propio del fiador
Concurso o insolvencia probada del deudor
Se ignore el paradero del deudor
El fiador renunció
Requisitos para que proceda
Designe bienes del deudor que basten para cubrir el crédito
Anticipe o asegure los gastos de excusión
Alegue el beneficio luego que se le requiera de pago
Legitimación pasiva del beneficio de excusión
El fiador goza del beneficio de excusión
Renuncia de derechos por el fiador
La renuncia voluntaria que hiciere el deudor de la prescripción de la deuda
No impide que el fiador haga
valer estas excepciones.
Fiadores de un deudor por una sola deuda
Responderá cada uno
de ellos por la totalidad de aquélla
No habiendo convenio en contrario
Testigos sobre la idoneidad del fiador
No serán fiadores de un fiador
Excepciones inherentes a la obligación principal
El fiador tiene derecho a oponer las excepciones
El fiador que paga debe ser indemnizado por el deudor
Aunque no haya dado su consentimiento para la fianza
Aspectos que abarca
De los intereses respectivos
De los gastos que haya hecho desde que se dio noticia al deudor
De la deuda principal
De los daños y perjuicios que haya sufrido por causa del deudor.
Subrogación del fiador que paga
Los derechos que el acreedor tenía contra el deudor.
Excepciones del deudor contra el fiador
Si el fiador hace el pago sin ponerlo en conocimiento del deudor
Podrá éste oponerle todas las excepciones
Deudor que paga ignorando el pago por el fiador
Por falta de aviso del fiador
Paga de nuevo
Derechos del fiador contra el deudor
Pretende ausentarse de la República
Se obligó a relevarlo de la fianza en tiempo determinado
El deudor sufre menoscabo en sus bienes de modo que se halle en riesgo de quedar insolvente
La deuda se hace exigible por el vencimiento del plazo
Fue demandado judicialmente por el pago
CAPITULO V
De la Extinción de la Fianza
La obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la del deudor
Si la obligación del deudor, y la del fiador se confunden
No se extingue la obligación del que fío al fiador
La prórroga o espera concedida al deudor por el acreedor
Sin consentimiento del
fiador, extingue la fianza.
La quita
Reduce la fianza en la misma proporción que la deuda principal
El fiador
Obligado por tiempo determinado
Queda libre de su obligación
El acreedor no requiere judicialmente al deudor por el cumplimiento de la obligación principal
Quedará liberado de su obligación
Cuando el acreedor deje caducar el juicio por inactividad procesal
Obligación principal por tiempo indefinido
El fiador responderá solamente por un plazo máximo de dos años
CAPITULO IV De los Efectos de la Fianza entre los Cofiadores
Cuando son dos o más los fiadores de un mismo deudor y por una misma deuda
El que la haya pagado podrá reclamar de cada uno la parte que les corresponda
Insolvencia de algún fiador
Su parte recaerá sobre todos los demás
Pago por demanda judicial
Se haya hecho el pago en virtud de demanda judicial
Cuando el beneficio de la división no tiene lugar entre los fiadores
Alguno o algunos de los fiadores son concursados o se hayan insolventes
. El negocio sea propio del fiador
Cada uno se ha obligado mancomunadamente con el deudor
Los fiadores no puedan ser demandados dentro del Estado de México
Se renuncia expresamente
Responsabilidad del que fía al fiador
Es responsable para con los
otros fiadores
CAPITULO VI
De la Fianza Legal o Judicial
Requisitos del fiador legal o judicial
Debe tener bienes inmuebles inscritos
Registro Público de la Propiedad
De un valor que garantice las obligaciones que contraiga
Si es para garantizar el cumplimiento de una obligación
La cuantía no exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida
No se exigirá que el fiador tenga bienes inmuebles
Prueba de la propiedad de inmueble
Presentará
Título de propiedad
El certificado expedido por el encargado del Registro Público de la Propiedad
Presunción de enajenación o gravamen fraudulentos
La operación resulta su insolvencia
Se presumirá fraudulenta
El fiador legal o judicial
No gozan de los beneficios de orden y excusión.
CAPITULO III
De los Efectos de la Fianza entre el Fiador y el Deudor