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EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES IMA, :, YACA
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EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
Se denomina extinción de las obligaciones,a la ruptura del vinculo Jurídico que une a los sujetos de una determinada obligación.
MEDIOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
La Prescripción:Es la extinción de las obligaciones atraves del trascurso del tiempo y por lo establecido por la ley.
Perdida de la cosa debida: Como su nombre lo indica ocurre cuando la cosa que se debe, el cuerpo cierto, se destruye, deja de estar en el comercio, se desaparece y se desconoce si existe. En este evento hay que tener en cuenta si fue culpa del deudor que esto sucediera, en este caso la obligación sigue vigente aunque el objeto de la misma cambia y puede configurarse algún tipo de indemnización por los perjuicios que pueda sufrir el acreedor.
La Novación: Constituye un modo voluntario de extinción de las obligaciones mediante el cual uno obligación se extingue sustituyéndola por una nueva. la característica primordial de la novacion es que debe tener un cambio sustancial en la obligación y ese cambio debe recaer bien sea en los sujetos, el objeto o la causa de la obligación.
Remisión de la Deuda: Se da cuando se extingue la relación jurídica obligacional, en virtud del perdón o renuncia de la deuda que haga el acreedor en favor del deudor.
La Compensación: Es cuando dos personas son entre si reciprocamente acreedoras y deudoras,en cuyo caso las dos deudas quedan extinguidas si son del mismo monto,o reducidas a una sola deuda cuyo monto representa la diferencia entre ambas.
La Confusión: Cuando se reúnen las cualidades de deudor y acreedor en una sola persona, la obligación se extingue por falta de uno de los elementos subjetivos de la obligación, acreedor y deudor, puesto que subsiste únicamente uno de ellos. Es cuando en una misma persona se reúnen las calidades de acreedor y deudor, pues una persona no puede tener la obligarse a sí mismo.
La Dación en pago: Se puede definir como la convención en virtud de la cual el deudor de en pago al acreedor una prestación distinta a la debida, extinguiendo asi la obligación que existía entre ambos, este requiere del consentimiento del acreedor,
Declaración de Nulidad o por la rescisión: Cuando la celebración del contrato o medio por el que se generó la obligación sea nulo al no cumplir con los requisitos que dispone la ley para que tenga validez
La Caducidad: la caducidad está establecida por la ley y opera por el transcurso de los diversos plazos que la norma jurídica señala, según la naturaleza de la obligación.
La delegación: Se presenta siempre que una persona presentada por otra se obliga con una tercera a pagar la deuda. Siendo 3 individuos los que participan en una delegación
El pago: Es la forma natural de extinción de las obligaciones, por su naturaleza, finalidad y función las obligaciones nacen para morir, pues su propio ejercicio produce su consumación y extinción. Debido a que las obligaciones nacen con la vocación de extinguirse por el cumplimiento, se llama a esta parte del Derecho civil la dinámica patrimonial frente a la estática patrimonial representada por los derechos reales.
MODOS DE EXTINGUIR LAS OBLIGACIONES
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MODOS DE EXTINGUIR
Modos de extinción Ipso lure:
EL PAGO
NOVACION
MUTUO DISENSO
CONCURSO DE CAUSAS LUCRATIVAS
CONFUSION
MUERTE Y CAPITIS DEMINUTI
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Modos de defensa: Exceptio doli: impedía que alguno de los sujetos de la relación hiciera revivir la obligación extinguida.
Exceptio pacti: tutela para garantizar el cumplimiento del acuerdo
Modos Primitivos de Extinción: Solutio per aes et libram: El deudor pronunciaba una formula por la cual se proclamaba independientemente y liberado del vinculo que lo sometia alacreedor,y golpeado la balanza con un trozo de cobre lo consignaba a favor del titular del credito.
Acceptilatio: respuesta del acreedor a la pregunta deudor.
ATENDIENDO SUS EFECTOS
Ope Exceptionis: Son aquellos que no extinguen de raíz la obligación,sino que confieren únicamente el derecho a paralizarlo mediante una excepción la acción del acreedor,ya sea temporal o definitivamente de extinguir ope exceptionis a menudo dejan subsistir una obligación natural.
Ipso lure: Aquellos que extinguen definitiva e irrevocablemente la obligación,sin dejar subsistente ni aun una obligación natural y que pueden ser invocados por y contra todos los interesados en la obligación.
OBLIGACIONES CONTRACTUALES
Se producen de un contrato de la voluntad que pueda tener el acreedor y el deudor de llegar a un acuerdo, siendo esto medio de crear un vínculo jurídico que sería “el contrato”.
Ejemplo: La obligación del vendedor de traspasar la cosa comprar y la obligación del comprador de pagar por ella el precio acordado.
OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES
Estas tiene su origen en fuentes distintas al contrato, algunos autores afirman que en estas se encuentran agrupadas varias clasificaciones de obligaciones; en otras palabras, se podrían mencionar que estas comprenden las obligaciones que son expresadas por voluntad de las partes, como aquellas que son impuestas a los sujetos de la obligación.
Ejemplo: Enriquecimiento sin causa, pago de lo indebido, abuso de derecho, entre otro.
OBLIGACIONES
Las obligaciones son constreñimientos de la conducta humana, que pudieran ser intrínsecas, es decir inherentes a éste, en tal sentido se afirma que toda conducta genera un resultado positivo o negativo que dependerá de la acción o inacción y esa consecuencia producirá efectos.
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UNIVERSIDAD YACAMBÚ VICERRECTORA-DO DE ESTUDIOS A DISTANCIAS FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
PARTICIPANTES:
Norbelys Duran
Cédula de Identidad N°18737265
Expediente: CJP-082-000497.
Maria Irene Ortega
Cédula de Identidad N°: 16.541.339
Expediente: CJP-192-000167V
Jorge Yepez
Cédula de Identidad: 29.742.035
Expediente: CJP-201-00111V
Sughey Arias
Cédula de Identidad N°18.998.571
Expediente: CJP-101-00136
Profesora: Lorena Collantes
Cátedra: Teoría de las Obligaciones.
Sección: ED01D0V.