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Aspectos clave de El Código de Ética Profesional para Auditores y…
Aspectos clave de El Código de Ética Profesional para Auditores y Contadores
ALCANCE Y APLICACIÓN DEL CÓDIGO.
Art. 1.- Los auditores y contadores deben regir su conducta de acuerdo con el contenido de este código, lo cual se considera básico porque se reconoce la existencia de otras normas de carácter legal y moral.
Art. 2.- Este código regula la conducta del auditor y contador en sus relaciones con el público en general, con quien patrocina sus servicios (cliente o empleador) y sus compañeros de profesión
PRINCIPIOS GENERALES
Art. 5.- En el ejercicio de sus funciones, los contadores públicos deberán observar el cumplimiento de los principios siguientes
I. Independencia - Al expresar cualquier juicio profesional, el auditor o contador, acepta la obligación de sostener un criterio libre de conflicto de intereses e imparcial.
IV. Responsabilidad personal - El auditor o contador deberá aceptar su responsabilidad personal por los trabajos llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección
VII. El auditor o contador debe evitar actuaciones que puedan perjudicar a quien haya contratado sus servicios.
No se entenderá como falta de confidencialidad cuando actúe en atención a requerimiento de autoridad competente o conforme a la normativa legal
VIII. Retribución económica – Por los servicios que presta, el auditor o contador recibirá una justa retribución económica, conforme al cumplimiento de las normas técnicas profesionales, adoptadas o emitidas por el CVPCPA
XI. Difusión de conocimientos técnicos - Todo auditor o contador que transmita sus conocimientos, tendrá como objetivo mantener las más altas normas profesionales y de conducta y contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos propios de la profesión.
Art. 11.- El auditor o contador podrá brindar más de un servicio a un mismo cliente, siempre que se realice en áreas en las que no está expresamente prohibido o que dichas actividades no representen amenaza para la independencia
Art. 14.- Los auditores o contadores en el ejercicio de sus funciones deberán mantener sus conocimientos al nivel necesario para desarrollar un servicio competente, para ello deberán realizar los estudios necesarios para obtener la competencia profesional y posteriormente realizar todas las actividades pertinentes para mantener sus conocimientos vigentes y vanguardistas
II. Preparación del profesional - El auditor o contador que acepta realizar sus servicios debe tener el entrenamiento técnico, capacidad y diligencia para realizar sus actividades profesionales
III. Calidad profesional de los servicios – Mantener los conocimientos y cualificaciones necesarias para ejecutar los servicios, por lo que siempre tendrá presente las disposiciones establecidas en la normativa técnica de la profesión que sean aplicables. Actuará asimismo con la intención, el cuidado y la diligencia profesional
V. Secreto profesional - El auditor o contador debe guardar el secreto profesional y no deberá revelar, por ningún motivo, en beneficio propio o de terceros, los hechos, datos o circunstancias que tenga o hubiese tenido conocimiento en el ejercicio de su profesión; salvo con la autorización del cliente o a requerimiento de autoridad competente
VI. Faltará al honor y dignidad profesional todo auditor o contador que directa o indirectamente intervenga en arreglos o asuntos que puedan desacreditar a la profesión
IX. Respeto a los colegas y a la profesión - Todo auditor o contador debe cuidar sus relaciones con sus colaboradores, colegas e instituciones que los agrupan, buscando que nunca menoscabe la dignidad de la profesión
X. Dignificación profesional - Para hacer llegar a la sociedad en general y a los usuarios de sus servicios una imagen positiva y de prestigio profesional, el auditor o contador se valdrá fundamentalmente de su calidad profesional y personal.
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR O CONTADOR
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