El bien común, un deber de justicia:
El bien común no se opone al bien particular, precisamente porque beneficia a todos los miembros de la sociedad, por ende, equivale a un plan de justicia y, no es ético, que por razones ideológicas, religiosas, de raza, sexo, limitaciones físicas, culturales u otras, sé vea afectado alguien y que le sea imposible su plena participación en el bien común.