CARACTERÍSTICAS ESENCIALES
-La generalidad o universalidad del servicio público, en la posibilidad de que toda persona lo use, previa satisfacción de los requisitos señalados en su normativa jurídica, sin más límite que la capacidad del propio servicio.
-La igualdad o uniformidad estriba en el trato igual o uniforme que debe darse indiscriminadamente a todos los usuarios del servicio público, sin que ello impida establecer diversas clases o categorías de usuarios.
-La regularidad, el servicio público se debe prestar
conforme a la normativa jurídica que lo regula, la cual debe ser exorbitante del derecho ordinario.
-La continuidad, el servicio público no debe interrumpirse dentro de los horarios o circunstancias previstos en su propia regulación, o sea, prestarse conforme al calendario-horario predeterminado para su prestación.
-La obligatoriedad debe entenderse que se refiere al deber que pesa sobre quien tiene a su cargo la realización de un servicio ya sea la administración pública, o un concesionario de prestarlo necesariamente cada vez que le sea requerido por cualquier usuario.