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NIF D-5 ARRENDAMIENTOS, Anadeli Garcia Montoya - Coggle Diagram
NIF D-5 ARRENDAMIENTOS
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Normas de presentación
Arrendatario
Un arrendatario debe presentar en el estado de situación financiera o en las notas:
a) los activos por derecho de uso dentro del mismo rubro del estado de situación financiera que le hubieran correspondido a los activos subyacentes de haber sido de su propiedad, revelando en qué partidas se incluyen.
b) los pasivos por arrendamiento por separado de los demás pasivos o revelando que rubros del estado de situación financiera los incluyen.
En el estado de resultado integral del periodo, un arrendatario debe presentar:
a) el gasto por depreciación o amortización de los activos.
b) los pagos por arrendamientos a corto plazo, por activos de bajo valor y por los montos
del arrendamiento que son variables.
c) el gasto por intereses sobre el pasivo por arrendamiento por separado del cargo por depreciación o amortización del activo por derecho de uso.
En el estado de lujos de efectivo, un arrendatario debe clasificar:
a) los pagos del pasivo por arrendamiento y de los intereses relativos dentro de las actividades de financiamiento, conforme a la NIF B-2, Estado de lujos de efectivo
b) los pagos por arrendamiento a corto plazo, de activos de bajo valor y los variables, no incluidos en la valuación del pasivo por arrendamiento dentro de las actividades de operación.
Arrendador
En el caso de un arrendamiento financiero, la inversión neta en el arrendamiento debe sujetarse a las mismas consideraciones que los demás activos, por lo que respecta a su clasificación
como activo circulante o activo no circulante.
En el caso de un arrendamiento operativo, un arrendador debe presentar los activos subyacentes sujetos a arrendamientos operativos en su estado de situación financiera de acuerdo con su
naturaleza.
Un arrendador debe presentar en el estado de resultado integral el ingreso por arrendamientos en atención a las prácticas del sector o industria al que pertenece la entidad.
En el estado de lujos de efectivo, un arrendador debe clasificar los cobros por arrendamientos
dentro de las actividades de operación.
Normas de revelación
Arrendatario
Un arrendatario debe revelar en un formato apropiado los siguientes importes:
a) cargo por depreciación o amortización de los activos por derecho de uso por clase de activo subyacente.
b) gasto por intereses por los pasivos por arrendamiento.
c) el gasto relacionado con arrendamientos a corto plazo y de bajo valor por los cuales no se ha reconocido el activo por derecho de uso.
d) el gasto relativo a pagos variables por arrendamiento no incluidos en la valuación de los pasivos por arrendamiento.
e) ingresos por subarrendamientos de los derechos de uso de activos.
f) salidas de efectivo totales por arrendamientos.
g) adiciones de activos por derecho de uso.
h) ganancias o pérdidas que surgen de transacciones de venta y arrendamiento en vía de regreso.
i) el importe en libros de los activos por derecho de uso al inal del periodo sobre el que se informa, por clase de activo subyacente.
Arrendador
Un arrendador debe revelar en un formato apropiado los siguientes importes para el periodo sobre el que se informa:
a) para arrendamientos financieros: utilidad o pérdida en las ventas de los activos subyacentes; intereses devengados sobre la inversión neta en el arrendamiento; y el ingreso relativo a pagos variables por arrendamiento no incluidos en la valuación de la inversión neta en el arrendamiento.
b) para arrendamientos operativos, el ingreso del arrendamiento, revelando el relacionado
con pagos variables por arrendamiento que no dependen de un índice o una tasa.
Un arrendador debe revelar información cuantitativa y cualitativa adicional sobre sus actividades de arrendamiento, debe incluir:
a) la naturaleza de las actividades por arrendamientos; y
b) la forma en que el arrendador administra el riesgo asociado con cualquier derecho que conserve sobre los activos subyacentes, describiendo su estrategia de administración de riesgos para los derechos que conserve sobre los activos subyacentes y cualquier medio por el cual reduce ese riesgo.
Arrendamientos financieros: Un arrendador debe proporcionar una explicación cuantitativa y cualitativa de los cambios significativos durante el periodo de la inversión neta en los arrendamientos financieros.
Arrendamientos operativos: Para partidas sujetas a un arrendamiento operativo, un arrendador debe aplicar los requerimientos de información a revelar de las normas correspondientes, con base en la naturaleza de
los activos en arrendamiento.
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