Son aquellas estipulaciones que no han sido negociadas individualmente, sino que son impuestas por el proveedor a lo largo de la ejecución del contrato, que menoscaban los derechos que la ley reconoce al consumidor y que, frente a ellas, se establece que no producirán efecto alguno en conformidad al artículo 16 LPDC, por tanto, deben ser consideradas nulas si así lo declara un juez.