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SUBASTA - Coggle Diagram
SUBASTA
CÓDIGO CIVIL: ARTÍCULO 1389
En la subasta, la convocatoria es una invitación a ofrecer y las posturas son las ofertas. La obligatoriedad de cada postura cesa desde que se formula otra mejor. El contrato se celebra cuando el subastador adjudica la buena pro al postor que hasta ese momento ha formulado la mejor postura válida.
¿A QUE SE REFIERE?
El subastador queda limitado en su totalidad para obrar con algún grado de discrecionalidad en el proceso de adjudicación. En otras palabras, el subastador no tiene otra posibilidad más que la de designar como adjudicada la mejor postura presentada de manera válida.
COMENTARIO
Miguel Ibrres Méndez
Como los contratos se celebran mediante la realización del consentimiento, este, el consentimiento, puede producirse tanto de una manera simple como de una manera especial.
Siempre va a consistir en la dación sucesiva de tres declaraciones de voluntad, constituyendo cada una de ellas una fase o etapa de la misma
Debe tener cada una de las tres declaraciones de voluntad que conforman la subasta; y esto ha dado lugar a que existan en la legislación comparada dos regímenes jurídicos distintos para regular a la misma.
PROBLEMA
Como la subasta es una secuencia de tres declaraciones de voluntad, su naturaleza jurídica no puede determinarse global mente como una secuencia integrada que es; sino que lo que puede determinarse es, individualmente, la naturaleza jurídica de cada una de las declaraciones que la conforman.
SOLUCIÓN
Pretender que la subasta funcione así es pretender que ella se reduzca al escueto esquema de oferta y aceptación, lo cual es contrario a su concepto.
CONCORDANCIAS
CODIGO CIVIL
Artículos,1381, 1382
DOCTRINA
DE LA PUENTE Y LAVALLE, Manuel.
El contrato en general
, Palestra, Lima,
2001, T.I; BlANCA, Massimo.
El contralto
, Giuffré Editore, Milano, 1984;