1.- Identificación de la o el servidor policial denunciado o denunciada en caso de conocerlo o conocerla; y toda la información posible que permita conducir a su identificación.
2.- Los hechos denunciados con determinación de las circunstancias en que este fue realizado.
3.- Los indicios que conozca y que puedan demostrar la comisión de la falta administrativa disciplinaria, sean estos, testimoniales, documentales, huellas, vestigios, grabaciones, videos, fotografías; y, en general, todos los determinados en la ley, obtenidos sin violación a los derechos y garantías constitucionales.
4.- Los nombres, apellidos y demás datos de identificación del o la denunciante, así como una dirección para notificaciones.
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